Decreto 2.590 de 20 de Noviembre de 2009
Fecha de disposición | 20 Noviembre 2009 |
Fecha de publicación | 27 Noviembre 2009 |
Número de Gaceta | 26259 |
La Plata, 20 de noviembre de 2009.
VISTO el expediente Nº 21700-2830/09 por el cual el Ministerio de Desarrollo Social gestiona la reglamentación de la Ley Nº 14.051, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 1625/09 se transfirió a la órbita del Ministerio de Desarrollo Social, la Subsecretaría de Atención a las Adicciones, con sus acciones, estructura orgánico funcional, cargos y plantas de personal, créditos presupuestarios, recursos económicos, financieros y materiales;
Que las conductas sociales a que refiere la Ley Nº 14.051 se encuentranestrechamente vinculadas con la competencia de dicho Ministerio en materia de prevención a las adicciones y de protección a la niñez y adolescencia;
Que se impone la necesidad de reglamentar dicho texto legal a fin de determinar sus alcances y contenido;
Que ha tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 inciso 2, de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:
Baldomero Álvarez de Olivera | Daniel Osvaldo Scioli |
Ministro de Desarrollo Social | Gobernador |
REGLAMENTACIÓN LEY Nº 14.051
REGLAMENTACIÓN: Establecer a efectos de determinar los montos de las multas como equivalente del haber mensual del Agente de Seguridad (Agrupamiento Comando) el haber mensual del Oficial de Comando conforme el artículo 74 de la Ley Nº 13.982 de Personal de la Policía de la Provincia de Buenos Aires.
REGLAMENTACIÓN: Determinar que tendrán atribuciones para realizar controles sistemáticos de alcoholemia la Subsecretaría de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba