Decreto 1560/2009

EmisorMinisterio de Economia y Finanzas Publicas
Fecha de la disposición29 de Octubre de 2009

No Permanente de Personal Transitorio, Nivel B, de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la mencionada Subsecretaría.

Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante una excepción a lo dispuesto en el Artículo 7º de la Ley Nº 26.422.

Que la agente propuesta reúne los requisitos de experiencia e idoneidad necesarios para cubrir el referido cargo.

Que en orden a lo dispuesto por la Decisión Administrativa Nº 1151 de fecha 28 de diciembre de 2006, la Dirección de Carrera y Relaciones Laborales de la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACIONY NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, informa que del análisis efectuado sobre los antecedentes de la persona propuesta y la antigüedad computable para la equiparación de grados, corresponde reconocerle el Grado 3.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que se encuentran reunidos los requisitos exigidos en la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los Artículos 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL, 7º y 10 de la Ley Nº 26.422 y 1º del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Dase por designada, a partir del 1 de marzo de 2009, a la Doctora Doña María Elisa TURUS (M.I. Nº 11.026.012), en UN (1) cargo de la Planta No Permanente de Personal Transitorio, Nivel B, Grado 3, de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARIA LEGAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, con carácter de excepción a lo dispuesto en el Artículo 7º de la Ley Nº 26.422.

Art. 2º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Aníbal D.

Fernández. -- Amado Boudou.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Decreto 1560/2009

Dase por aprobada una designación en la Unidad de Auditoría Interna de la Unidad Ministro.

Bs. As., 26/10/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0356262/2009 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, la Ley Nº 26.422 y los Decretos Nros. 971 de fecha 6 de mayo de 1993 y 491 de fecha 12 de marzo de 2002, y CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 7º de la Ley Nº 26.422 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del Artículo 10 de la citada ley.

Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, en sus Artículos 100 y 102, establece la creación y las funciones de las Unidades de Auditoría Interna en cada jurisdicción y en las entidades que dependan del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que en...

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