Decreto 316/2009

Fecha de publicación22 Abril 2009
Fecha de disposición22 Abril 2009
SecciónDecretos
Número de Gaceta31638
Art. 4º

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Sergio T. Massa.

SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD Decreto 308/2009

Apruébanse designaciones.

Bs. As., 14/4/2009

VISTO las Leyes Nº 26.337 y Nº 26.422 y. los Decretos Nº 1615 del 23 de diciembre de 1996, Nº 491 del 12 de marzo de 2002,

Nº 265 del 9 de marzo de 2006, Nº 1547 del 6 de noviembre de 2007, Nº 1743 de fecha 27 de noviembre de 2007, Nº 1618 del 7 de octubre de 2008 y la Resolución Nº 1596 del 4 de diciembre de 2008 del registro del MINISTERIO DE SALUD y lo solicitado por la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado del MINISTERIO DE SALUD, y CONSIDERANDO:

Que por las citadas Leyes se aprobó el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 2008 y para el Ejercicio 2009.

Que mediante el Decreto Nº 1615/96 se dispuso la creación de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado de la Administración Pública Nacional en jurisdicción del entonces MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL, con personalidad jurídica y con un régimen de autarquía administrativa, económica y financiera y en calidad de ente de supervisión, fiscalización y control de los agentes que integran el SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se dispuso que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada en los cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuera su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta del ente o jurisdicción correspondiente.

Que por Decreto Nº 1547/07 se aprobó la estructura organizativa de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.

Que a los fines de garantizar el normal desenvolvimiento del mencionado organismo, resulta necesario proceder a las designaciones de los funcionarios de conducción superior, tanto en los cargos escalafonarios como extraescalafonarios que se encuentran vacantes.

Que en virtud de lo previsto por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por el Decreto Nº 2098/08, corresponde efectuar las designaciones del Doctor Marcos Rafael BALCEDA (D.N.I.

Nº 22.264.682) y del Licenciado Juan Martín ABOUD (D.N.I. Nº 22.653.214) con carácter transitorio a partir del 1º de diciembre de 2008 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, debiendo ser cubiertos los cargos de conformidad con los sistemas de selección establecidos en la normativa citada.

Que las personas a designar poseen la idoneidad requerida para el desempeño de las funciones que se les encomiendan.

Que la SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, incisos 1) y 7) de la CONSTITUCION NACIONAL, conforme lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 491/02 y por los artículos 7 y 10 de las Leyes Nº 26.337 y Nº 26.422.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Dase por designado con carácter Extra-escalafonario al Señor D. Eduardo José María MARTINEZ (D.N.I. Nº 8.533.819) en el cargo de Secretario General de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD, como excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de las Leyes Nº 26.337 y Nº 26.422, a partir del 1º de diciembre de 2008.

Art. 2º

Dase por designado con carácter Extra-escalafonario al Doctor Sandro TARICCO (D.N.I. Nº 17.694.093) en el cargo de Gerente de Administración de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD, como excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de las Leyes Nº 26.337 y Nº 26.422, a partir del 24 de noviembre de 2008.

Art. 3º

Dase por designado transitoriamente a partir del 1º de diciembre de 2008 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles al Doctor Marcos Rafael BALCEDA (D.N.I. Nº 22.264.682) en el cargo de Subgerente de Control Prestacional de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD, Nivel A, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de FE Nivel II del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto Nº 2098/08, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de las Leyes Nº 26.337 y Nº 26.422.

Art. 4º

Dase por designado transitoriamente a partir del 1º de diciembre de 2008 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles al Licenciado Juan Martín ABOUD (D.N.I. Nº 22.653.214) en el cargo de Subgerente de Informática de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD, Nivel A, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de FE Nivel II del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto Nº 2098/08, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de las Leyes Nº 26.337 y Nº 26.422.

Art. 5º

Los cargos involucrados en los artículos 3º y 4º deberán ser cubiertos de conformidad con los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el artículo 120 y en el Título II, Capítulos III, IV y VIII del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días contados a partir de la fecha mencionada en dichos artículos.

Art. 6º

El gasto que demande el cumplimiento del...

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