Decreto 3.620 de 30 de Diciembre de 2008

La Plata, 30 de diciembre de 2008.

VISTO el expediente Nº 2400-5562/08 por el cual se propone la modificación de la estructura de la Dirección General de Administración del Ministerio de Infraestructura, y la sanción de la Ley Nº 13757 que en su artículo 22 establece las competencias de la citada jurisdicción, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 1441/03 y sus modificatorios, aprobó la estructura orgánico funcional del entonces Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos;

Que de conformidad con lo establecido por la Ley citada en el exordio del presente, deviene necesario reformular la estructura organizativa de la Dirección General de Administración;

Que en ese sentido y teniendo en cuenta los nuevos lineamientos de aplicación y desarrollo de tecnologías impulsados por la Dirección Provincial de Informática, se propicia, en la órbita de la Dirección General de Administración, la creación de la Dirección de Informática con su correspondiente desagregación estructural;

Que por otra parte, se impone la necesidad de reformular, suprimir y agregar Acciones en los distintos niveles estructurales, como así también cambiar las denominaciones de la actual Dirección de Personal por el de Delegación de la Dirección Provincial de Personal y del actual Departamento Legajos, Estructuras y Planteles Básicos por el de Departamento Legajos y Planteles Básicos;

Que corresponde efectuar dentro del Presupuesto General Ejercicio 2008 -Ley Nº 13786-, la pertinente adecuación de cargo y crédito a los fines de la tramitación de marras;

Que dicha modificación se encuentra contemplada en los artículos 18 y 19 del Presupuesto General Ejercicio 2008 -Ley Nº 13786-, y que con la misma no se altera el número de cargos aprobados para esa Jurisdicción;

Que siendo procedente modificar el Plantel Básico de la citada Jurisdicción aprobado por Decreto Nº 500/94, se suprime de la Planta Permanente de Ministerio, un (1) cargo vacante del Agrupamiento Personal Administrativo, artículo 146 de la Ley Nº 10430 (Texto Ordenado Decreto Nº 1869/96), Categoría 4, Clase 4, Grado XIV, Código 3-0000-XIV-4, Administrativo Inicial, de la Dirección Provincial de Saneamiento y Obras Hidráulicas, un (1) cargo vacante del Agrupamiento Personal Administrativo, artículo 146 de la citada Ley, Categoría 4, Clase 4, Grado XIV, Código 3-0000-XIV-4, Administrativo Inicial y de la Dirección General de Administración, un (1) cargo vacante del Agrupamiento Personal Administrativo, artículo 146 de la Ley antedicha, Categoría 4, Clase 4, Grado XIV, Código 3-0000-XIV-4, Administrativo Inicial, y se incorporan al Plantel Básico de la Dirección General de Administración -Dirección de Informática-, un (1) cargo de Director de Informática y dos (2) cargos de Jefe Departamento, todos con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor;

Que habiendo tomado intervención la Subsecretaría de Modernización del Estado, dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, la Subsecretaría de Hacienda, la Contaduría General de la Provincia y la Asesoría General de Gobierno, corresponde que se dicte el pertinente acto administrativo;

Que corresponde propiciarse la excepción a la norma propuesta de los alcances del Decreto Nº 1322/05;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:

ARTICULO 1º Efectuar dentro del Presupuesto General Ejercicio 2008 -Ley Nº 13786-, 1

Sector Público Provincial no Financiero, 1. Administración Provincial, 1. Administración Central, Jurisdicción: 14 -MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA-, la transferencia de tres (3) cargos y crédito por la suma de pesos ocho mil ($8.000,00), de acuerdo al siguiente detalle:

DEBITO

ACE 0001, Finalidad 1, Función 3, Fuente de Financiamiento 1.1, Partida Principal 01, Partida Subprincipal 01, Régimen Estatutario 01:

Agrupamiento Ocupacional 03 un (1) cargo

ACE 0003, Finalidad 1, Función 3, Fuente de Financiamiento 1.1, Partida Principal 01, Partida Subprincipal 01, Régimen Estatutario 01:

Agrupamiento Ocupacional 03 un (1) cargo

ACO 0005, Finalidad 1, Función 3, Fuente de Financiamiento 1.1, Partida Principal 01, Partida Subprincipal 01, Régimen Estatutario 01:

Agrupamiento Ocupacional 03 un (1) cargo

ACE 0002, Finalidad 1, Función 3, Fuente de Financiamiento 1.1, Partida Principal 01, Partida Subprincipal 02, Régimen Estatutario 01:

Agrupamiento Ocupacional 05 $8.000,00

CREDITO

ACE 0003, Finalidad 1, Función 3, Fuente de Financiamiento 1.1, Partida Principal 01, Partida Subprincipal 01, Régimen Estatutario 01, Agrupamiento Ocupacional 15:

un (1) cargo $5.000,00

ACE 0003, Finalidad 1, Función 3, Fuente de Financiamiento 1.1, Partida Principal 01, Partida Subprincipal 01, Régimen Estatutario 01, Agrupamiento Ocupacional 06:

dos (2) cargos $3.000,00.

ARTICULO 2º

Aprobar la modificación de la estructura orgánico funcional de la Dirección General de Administración del Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires, aprobada por Decreto Nº 1441/03 y sus modificatorios, creando la Dirección de Informática con su correspondiente desagregación estructural, de acuerdo al organigrama y acciones que como Anexo 1 y 2 forman parte integrante del presente Decreto.

ARTICULO 3º

Modificar el Plantel Básico del Ministerio de Infraestructura, que fuera aprobado por Decreto Nº 500/94, suprimiendo de la Planta Permanente de Ministerio, un (1) cargo vacante del Agrupamiento Personal Administrativo, artículo 146 de la Ley Nº 10430 (Texto Ordenado Decreto Nº 1869/96), Categoría 4, Clase 4, Grado XIV, Código 3-0000-XIV-4, Administrativo Inicial, de la Dirección Provincial de Saneamiento y Obras Hidráulicas, un (1) cargo vacante del Agrupamiento Personal Administrativo, artículo 146 de la citada Ley, Categoría 4, Clase 4, Grado XIV, Código 3-0000-XIV-4, Administrativo Inicial y de la Dirección General de Administración, un (1) cargo vacante del Agrupamiento Personal Administrativo, artículo 146 de la Ley antedicha, Categoría 4, Clase 4, Grado XIV, Código 3-0000-XIV-4, Administrativo Inicial, e incorporando al Plantel Básico de la Dirección General de Administración -Dirección de Informática- un (1) cargo de Director de Informática y dos (2) cargos de Jefe Departamento, todos con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor.

ARTICULO 4º

Determinar para la estructura organizativa modificada por el artículo precedente, los siguientes cargos: un (1) Director General de Administración; un (1) Director de Contabilidad y Servicios Auxiliares; un (1) Director de Servicios Técnico Administrativos; un (1) Director Delegado de la Dirección Provincial de Personal; un (1) Director de Informática; un (1) Subdirector Contable; un (1) Subdirector Administrativo; un (1) Subdirector de Personal; un (1) Jefe de Departamento Tesorería; un (1) Jefe de Departamento Compras y Suministros; un (1) Jefe de Departamento Liquidación de Haberes; un (1) Jefe de Departamento Registro Patrimonial; un (1) Jefe Departamento Rendición de Cuentas; un (1) Jefe de Departamento Automotores; un (1) Jefe de Departamento Mantenimiento y Servicios; un (1) Jefe de Departamento Contabilidad; un (1) Jefe de Departamento Supervisión de Zonas; un (1) Jefe de Departamento Liquidación de Otros Gastos e Inversiones; un (1) Jefe de Departamento Organización y Métodos y Otros Servicios; un (1) Jefe de Departamento Despacho y Protocolización; un (1) Jefe de Departamento Mesa General de Entradas y Archivo; un (1) Jefe de Departamento Jardín Maternal; un (1) Jefe de Departamento Control de Asistencia; un (1) Jefe de Departamento Legajos y Planteles Básicos; un (1) Jefe de Departamento Laborales; un (1) Jefe Departamento Sistemas; un (1) Jefe de Departamento Tecnología; un (1) Jefe de Departamento Gestión de Servicios; un (1) Jefe de Departamento Administrativo; un (1) Jefe de Departamento Dictámenes Legales y Contables Internos, todos ellos conforme a los cargos vigentes de la Ley Nº 10430 (Texto Ordenado Decreto Nº 1869/96).

ARTICULO 5º Exceptuar la norma propuesta de los alcances del Decreto Nº 1322/05.
ARTICULO 6º El presente decreto será refrendado por la Ministra Secretaria en el Departamento de Infraestructura y el Ministro Secretario en el Departamento de Economía.
ARTICULO 7º Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA, pasar a la Contaduría General de la Provincia

Cumplido, archivar.

Cristina Alvarez Rodríguez Daniel Osvaldo Scioli

Ministra de Infraestructura Gobernador

Rafael Perelmiter

Ministro de Economía

ANEXO 2

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

ACCIONES

  1. Programar, controlar y ejecutar los actos administrativos vinculados con la gestión contable, económica y financiera en el ámbito del Ministerio. Controlar y administrar la ejecución presupuestaria, realizando los ajustes contables pertinentes.

  2. Organizar, controlar y gestionar los ingresos y egresos de fondos y valores de las Subsecretarías de la Jurisdicción, de acuerdo a las normativas y reglamentaciones vigentes y en un todo de acuerdo con las instrucciones que imparta el Ministerio de Economía.

  3. Ejecutar, supervisar y controlar las acciones relacionadas con el registro de los bienes patrimoniales y con la organización, programación y prestación de los servicios auxiliares necesarios al buen funcionamiento de la...

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