Decreto 1048/2014

Fecha de la disposición 7 de Julio de 2014



ASIGNACIONES

Decreto 1048/2014

Zonas afectadas por inundaciones. Establécense suplementos para determinadas prestaciones.

Bs. As., 7/7/2014

VISTO las Leyes Nros. 24.013, 24.241, 24.714 y sus respectivas modificaciones, 26.417 y 26.425, el Decreto N° 278 del 25 de marzo de 1999, el Decreto N° 1.103 del 24 de noviembre de 2000, el Decreto N° 197 del 12 de junio de 2003, el Decreto N° 1.602 del 29 de octubre de 2009, el Decreto N° 446 del 18 de abril de 2011, el Decreto N° 1.110 del 27 de julio de 2011, el Decreto N° 390 de fecha 9 de abril de 2013, el Decreto N° 1.369 de fecha 12 de setiembre de 2013, el Decreto N° 84 de fecha 23 de enero de 2014, los Decretos Nros. 352 y 353 de fecha 21 de marzo de 2014, y la Resolución DE ANSES N° 27 del 4 de febrero de 2014 y

CONSIDERANDO:

Que las inundaciones que afectan a las PROVINCIAS de FORMOSA, CHACO, MISIONES y CORRIENTES, han generando daños considerados de gravedad y el fallecimiento de varias personas.

Que la situación descripta está produciendo impactos negativos en el tejido social y en la estructura económica productiva de la zona, pudiéndose agravar dicha situación por las consecuencias de la inundación y las condiciones meteorológicas que imperen en la región.

Que el ESTADO NACIONAL, tal como lo ha realizado en diversas oportunidades, ha decidido implementar acciones con el fin de atemperar las graves consecuencias perjudiciales provocadas por el fenómeno mencionado.

Que, en tal sentido, resulta necesario cooperar con los esfuerzos que la población afectada está realizando, adoptando medidas inmediatas tendientes a brindar la protección social necesaria que impacte en forma directa en los titulares de derecho de la Seguridad Social que, como grupos socialmente más vulnerables, pueden verse especialmente perjudicados por el fenómeno en cuestión.

Que dentro de las prestaciones que actualmente otorga la Seguridad Social se encuentra el Régimen de Asignaciones Familiares, instituido con alcance nacional y obligatorio a través de la Ley N° 24.714 y sus modificatorias.

Que dicha norma abarca a los trabajadores que prestan servicios remunerados en relación de dependencia, cualquiera sea la modalidad de contratación laboral, y a los titulares de derecho tanto del Sistema Integrado Previsional Argentino como de regímenes de pensiones no contributivas por invalidez y de la prestación por desempleo.

Que, en el régimen establecido por la ley citada se encuentran previstas, entre otras, la Asignación por Hijo, por Hijo con Discapacidad y Prenatal.

Que, asimismo, mediante el Decreto N° 1.602 del 29 de octubre de 2009 se creó la Asignación Universal por Hijo para Protección Social que incluye a los grupos familiares que se encuentren desocupados o que se desempeñen en la economía informal, la cual reviste una indudable relevancia en cuanto a su significado para los sectores más postergados, brindando apoyo y asistencia para las familias.

Que, por otra parte, y mediante el Decreto N° 446 del 18 de abril de 2011, se estableció una asignación que dio cobertura a la contingencia del estado de embarazo de aquellas mujeres que se encuentran en similares condiciones que las personas que acceden a la...

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