Decreto 592/2014

Fecha de publicación30 Abril 2014
Fecha de disposición23 Abril 2014
SecciónDecretos
Número de Gaceta32875



MINISTERIO DE JUSTICIA

Y DERECHOS HUMANOS

Decreto592/2014Dase por designado el Director Nacional de Formación en Derechos Humanos.

Bs. As., 23/4/2014

VISTO el Expediente Nº S04:0033598/2013 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, las Leyes Nros. 26.784 y 26.895, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002 y 2098 del 3 de diciembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 7° de las Leyes Nros. 26.784 y 26.895, se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10 de las citadas leyes.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS solicita la cobertura transitoria del cargo vacante financiado de Director Nacional de Formación en Derechos Humanos, Nivel A - Grado 0, con Función Ejecutiva Nivel I, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, dependiente de la SUBSECRETARIA DE PROMOCION DE DERECHOS HUMANOS de la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS.

Que a los efectos de implementar la referida cobertura transitoria resulta necesario designar a la persona que se propone con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de las Leyes Nros. 26.784 y 26.895, y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso al Nivel A establecidos en el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.

Que la persona propuesta reúne los conocimientos, experiencia e idoneidad necesarios para el desempeño del cargo a cubrir.

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del citado Ministerio para atender el gasto resultante de la medida que se aprueba por el presente.

Que se ha dado debido cumplimiento a lo...

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