Decreto 554/2014

EmisorMinisterio de Justicia
Fecha de la disposición21 de Abril de 2014



MINISTERIO DE JUSTICIA

Y DERECHOS HUMANOS

Decreto554/2014Trasládase agente de la Secretaría Legal y Técnica.

Bs. As., 21/4/2014

VISTO lo solicitado por el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, la Ley Nº 26.895, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su Decreto Reglamentario Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS solicita el traslado del Dr. Sergio Ricardo María LANDIN (D.N.I. Nº 14.042.699), Nivel B, Grado 4, de la planta permanente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS LEGALES de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a un cargo vacante financiado de igual nivel escalafonario de la planta permanente del citado Ministerio.

Que dicha solicitud se fundamenta en que el referido agente posee una capacitación que responde a las necesidades propias de los objetivos asignados al organismo de destino.

Que la presente medida no implica menoscabo moral ni económico alguno para el agente Sergio Ricardo María LANDIN, quien ha prestado su conformidad al respecto.

Que han tomado intervención los servicios permanentes de asesoramiento jurídico de los organismos involucrados.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y de acuerdo a lo previsto en el artículo 15, inciso b), punto II) del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 —traslados de personal—, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, y en los artículos y 10 de la Ley Nº 26.895.

Por ello,

LA PRESIDENTA

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°

— Trasládase al Dr. Sergio Ricardo María LANDIN (D.N.I. Nº 14.042.699), Nivel B, Grado 4, de la planta permanente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS LEGALES de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a un cargo vacante financiado de igual nivel escalafonario de la planta permanente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Art. 2°

— El agente trasladado por la presente medida mantendrá su actual agrupamiento, tramo, nivel y grado de revista.

Art. 3°

— Exceptúase al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS de la prohibición contenida en el artículo 7° de la Ley Nº 26.895, a los efectos de posibilitar la cobertura del cargo vacante...

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