Decreto 302/2014

Fecha de la disposición13 de Marzo de 2014



CONTRATOS

Decreto302/2014Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo a celebrarse entre la República Argentina y el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata.

Bs. As., 13/3/2014

VISTO el Expediente Nº S01:0009835/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Modelo de Contrato de Préstamo Nº ARG19/2013, propuesto para ser suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo Nº ARG-19/2013, el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA) se compromete a asistir financieramente a la REPUBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la ejecución del “Proyecto de Fortalecimiento de la Interrupción de la transmisión vectorial de la enfermedad de Chagas en la República Argentina” por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES VEINTICINCO MILLONES (U$S 25.000.000).

Que el objetivo general del Proyecto es reducir la morbimortalidad por la enfermedad de Chagas en la REPUBLICA ARGENTINA en el Año 2016, a través de la interrupción de la transmisión vectorial y el control y/o interrupción de las formas no vectoriales de transmisión del Trypanosoma cruzi, en DIEZ (10) Provincias del área endémica.

Que para la ejecución del referido Programa se desarrollarán CUATRO (4) componentes: (i) “Interrupción de la transmisión vectorial del Trypanosoma cruzi a través de la eliminación o reducción del vector en domicilio y peridomicilio”; (ii) “Desarrollo del sistema de vigilancia entomo-epidemiológica”; (iii) “Gerenciamiento” y; (iv) “Imprevistos”.

Que la ejecución del Proyecto y la utilización de los recursos de financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE SALUD a través de la Unidad de Financiamiento Internacional (UFI-S), la cual será designada como “Organismo Ejecutor”.

Que la formalización de esta operación requiere que la REPUBLICA ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, suscriba el Contrato de Préstamo, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho préstamo.

Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas para que, en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo Nº ARG-19/2013 y acuerde las modificaciones que sean convenientes para la...

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