Decreto 1368/2013

EmisorSuperintendencia de Servicios de Salud
Fecha de la disposición11 de Septiembre de 2013



SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Decreto1368/2013Subsidio de Mitigación de Asimetrías para el Régimen de Trabajo Especial.

Bs. As., 11/9/2013

VISTO el Expediente Nº 238452/13 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD, las Leyes Nº 23.660 y Nº 23.661, sus modificatorias, normas reglamentarias y complementarias, la Ley Nº 24.977, texto sustituido por las Leyes Nº 26.565 y Nº 25.865 y la Ley Nº 26.844, los Decretos, Nº 292 de fecha 14 de agosto de 1995, Nº 806 de fecha 23 de junio de 2004, Nº 1 de fecha 4 de enero de 2010, Nº 488 de fecha 26 de abril de 2011, Nº 1609 de fecha 5 de septiembre de 2012, la Resolución Conjunta Nº 151 ex MSyAS y Nº 364 ex MTySS de fecha 26 de octubre de 1995, la Resolución Conjunta Nº 853 ex SPSyDH y Nº 249 SSSalud de fecha 18 de mayo de 2006, la Resolución Conjunta Nº 4263 SCyMI, Nº 9 SDRyAF y Nº 2880 AFIP de fecha 19 de julio de 2010, la Resolución Conjunta Nº 705 MEyFP, Nº 1047 MTESS, Nº 1941 MS de fecha 19 de noviembre de 2012 y la Resolución Conjunta Nº 110 MS y Nº 299 MEyFP de fecha 5 de abril de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que las Leyes Nº 23.660 y Nº 23.661, sus modificatorias, normas reglamentarias y complementarias regulan el funcionamiento de los Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud y su financiamiento.

Que la Ley Nº 26.844 establece el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares y las Leyes Nº 24.977, Nº 25.865 y Nº 26.565 establecen la normativa de aplicación para los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributistas, Monotributistas Sociales y Agropecuarios), que a los fines del presente decreto se definen como integrantes del Régimen de Trabajo Especial.

Que el artículo 24, inciso b) punto 3 de la Ley Nº 23.661 prevé que los recursos del Fondo Solidario de Redistribución serán destinados, entre otras aplicaciones, a apoyar financieramente a los Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud, en calidad de préstamos, subvenciones y subsidios, de conformidad con las normas que la entonces ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD (ANSSAL) dicte al efecto.

Que en oportunidad de su constitución, la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD conservó los objetivos, competencias, funciones, facultades, derechos y obligaciones de la ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD (ANSSAL).

Que los beneficiarios del Régimen de Trabajo Especial representan alrededor del NUEVE POR CIENTO (9%) de los afiliados al Sistema Nacional del Seguro de Salud.

Que debido a las diferencias de aportes entre el Régimen de Trabajo Especial y los beneficiarios del Régimen General, existe un alto porcentaje de reclamos ante la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD por negativa de afiliación y cobertura de salud de aquellos, que al mes de julio de 2013 alcanzó casi el SESENTA POR CIENTO (60%) de la totalidad de los expedientes en trámite.

Que, asimismo, los actuales niveles de recaudación permiten realizar mecanismos de distribución del Fondo Solidario de Redistribución para corregir las asimetrías de recursos entre los beneficiarios de los distintos regímenes con el fin de superar la admisión adversa y promover mayores niveles de inclusión social a través de la efectiva prestación de la cobertura de salud para los trabajadores de casas particulares, monotributistas, monotributistas sociales y agropecuarios.

Que con el fin de garantizar la solidaridad, la equidad y la transparencia en la distribución de los recursos del Sistema Nacional del Seguro de Salud, resulta conveniente instituir el SUBSIDIO DE MITIGACION DE ASIMETRIAS PARA EL REGIMEN DE TRABAJO ESPECIAL (SUMARTE) destinado a complementar la financiación de los Agentes de dicho sistema que posean afiliados...

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