Decreto 589/2013

Fecha de disposición27 Mayo 2013
Fecha de publicación30 Mayo 2013
SecciónDecretos
Número de Gaceta32650



IMPUESTOS

Decreto589/2013Reglamentación de la Ley de Impuesto a las Ganancias. Sustitución.

Bs. As., 27/5/2013

VISTO el Expediente Nº 1-250292-2013 del Registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal y la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, establece un tratamiento particular cuando las operaciones se realicen con personas físicas o jurídicas domiciliadas, constituidas o ubicadas en países de baja o nula tributación.

Que la utilización de estas jurisdicciones, fundamentalmente por parte de los grandes grupos económicos concentrados, es una maniobra de planificación fiscal nociva cuya desarticulación requiere de un trabajo profesional y con un alto rigor técnico.

Que en este sentido, la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, ha desarrollado una estrategia a partir de la presencia activa del Gobierno Nacional en el G-20 en cuestiones vinculadas con la transparencia fiscal internacional, enmarcada en la necesidad de llevar a la práctica políticas estructurales contra los paraísos fiscales y promover la eficiencia en el intercambio de información, desarrollada sobre la base de CUATRO (4) pilares fundamentales: (i) la extensión de la red de acuerdos de intercambio de información; (ii) la adhesión de nuestro país a la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y el Consejo de Europa, convirtiéndose en el primer país de Sudamérica en adherir a dicha Convención; (iii) el fortalecimiento del efectivo intercambio de información, y; (iv) la activa y positiva participación de nuestro país en el Grupo de Revisión de Pares del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información en Materia Fiscal en el ámbito de la OCDE.

Que, nuestro país adhirió —en el mes de noviembre de 2011— a la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal impulsada por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), cuya entrada en vigor se produjo el 1° de enero de 2013 y permitirá a nuestro país intercambiar información con...

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