Decreto 1380/2008

Fecha de disposición01 Septiembre 2008
Fecha de publicación01 Septiembre 2008
SecciónDecretos
Número de Gaceta31479
Art. 3º

Serán órganos del COFEJUS:

  1. La Asamblea b. El Comité Ejecutivo.

Art. 4º

La Asamblea será el órgano superior del COFEJUS, determinará su acción y política general, aprobará su estatuto y elegirá a los miembros del Comité Ejecutivo. Estará integrada por el Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos y el funcionario de mayor jerarquía en el área de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de cada una de las provincias que hayan adherido en función de lo establecido por el artículo 7º del presente decreto.

Tendrá, al menos, UNA (1) reunión ordinaria al año, la que se celebrará alternativamente en cada zona geográfica del País y sus resoluciones se adoptarán por el voto de dos tercios de los miembros presentes.

El Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos será el Presidente natural del cuerpo.

Las representaciones provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires elegirán al Vicepresidente.

Art. 5º

El Comité Ejecutivo desarrollará las acciones necesarias para el cumplimiento de las decisiones de la Asamblea. Será presidido por el Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos o el funcionario que aquél designe y estará conformado por SEIS (6) miembros elegidos por la Asamblea de entre sus propios integrantes, de modo tal que se asegure la representación de las distintas regiones del país.

Los miembros del Comité Ejecutivo, exceptuado el Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, durarán UN (1) año en sus funciones, pudiendo ser reelegidos por un período consecutivo.

Art. 6º

El apoyo técnico-administrativo del COFEJUS estará a cargo del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.

Art.7º -- Invítase a los Poderes Ejecutivos Provinciales y al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a adherir al presente decreto mediante el instrumento legal correspondiente.

Art. 8º

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Sergio T. Massa. -- Aníbal D.

Fernández.

ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL Decreto 1380/2008

Homológase el Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional de fecha 21 de mayo de 2008.

Bs. As., 26/8/2008

VISTO el Expediente Nº 1.278.245/08 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (T.O.

2005) y sus modificatorias, la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo de la Administración Pública Nacional Nº 24.185, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, la Ley Nº 26.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2007, la Ley 26.337 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2008, el Decreto Nº 447 del 17 de marzo de 1993, el Decreto Nº 911 del 18 de julio de 2006, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto Nº 214 del 27 de febrero de 2006, el Acta Acuerdo del...

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