Decreto 2436/2012

Fecha de disposición13 Diciembre 2012
Fecha de publicación17 Diciembre 2012
SecciónDecretos

Bs. As., 13/12/2012

VISTO la Ley Nº 26.728 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012 y la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 10 de enero de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que es necesario incrementar los créditos presupuestarios a fin de atender las erogaciones resultantes de las mejoras en las remuneraciones, que comprenden al PODER EJECUTIVO NACIONAL, al PODER LEGISLATIVO y al MINISTERIO PUBLICO, dispuestas por normas legales durante el presente año.

Que por los Decretos Nros. 1.004 de fecha 29 de junio de 2012, 1.307 de fecha 31 de julio de 2012, 1.005 de fecha 29 de junio de 2012 y 1.305 de fecha 31 de julio de 2012 se dispuso un incremento sobre los haberes mensuales del personal del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, organismo actuante en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y de la GENDARMERIA NACIONAL, ambos organismos actuantes en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD, respectivamente.

Que por efecto de los decretos citados precedentemente se recomponen en forma directa los haberes de los jubilados, retirados y pensionados de las Fuerzas Armadas y de Seguridad.

Que resulta necesario reforzar el Presupuesto destinado a la atención de las jubilaciones, retiros y pensiones del INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES, organismo actuante en el ámbito del MINISTERIO DE DEFENSA y de la CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL, de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y de la GENDARMERIA NACIONAL organismos actuantes en el ámbito del MINISTERIO DE SEGURIDAD y del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.

Que por las Resoluciones Nros. 47 de fecha 16 de febrero de 2012 y 327 de fecha 8 de agosto de 2012, ambas de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, organismo actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, se establece el valor de la movilidad prevista en el Artículo 32 de la Ley Nº 24.241.

Que a tal efecto resulta necesario incrementar los créditos presupuestarios destinados a la atención de las jubilaciones y pensiones a cargo de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Que asimismo, corresponde reforzar el presupuesto del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL en la parte correspondiente a la atención de los haberes de las Pensiones no Contributivas.

Que es menester adecuar el Presupuesto vigente de la HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION y de la DIRECCION DE AYUDA SOCIAL PARA EL PERSONAL DEL CONGRESO DE LA NACION con la finalidad de atender gastos de funcionamiento.

Que corresponde reforzar los créditos vigentes de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION para atender gastos de funcionamiento, mantenimiento de aeronaves y de los edificios de la Jurisdicción y otorgar subsidios a entidades no gubernamentales.

Que resulta necesario incorporar los remanentes de recaudación correspondientes al Ejercicio 2011 del Préstamo BIRF 7572-AR “Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social”, del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES, organismo actuante en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION, para proseguir con la ejecución del mismo.

Que a los efectos de cumplimentar el pago de la última cuota del Aporte al Tesoro Nacional resulta necesario transferir al mencionado Consejo el saldo del crédito asignado en el Presupuesto de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que resulta necesario reforzar los créditos vigentes de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION a efectos de permitir la atención de gastos del Plan Igualdad Cultural y afrontar gastos relacionados a compromisos contraídos por la citada Secretaría.

Que, asimismo, se refuerzan los créditos vigentes de la COMISION NACIONAL PROTECTORA DE BIBLIOTECAS POPULARES dependiente de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, con el objeto de otorgar subsidios a Bibliotecas Populares, compensando parte de dicho incremento con una disminución de los Activos Financieros y financiando el resto de tales erogaciones con la incorporación de recursos adicionales al cálculo vigente.

Que, por otra parte, es necesario adecuar el presupuesto del TEATRO NACIONAL CERVANTES y del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO, organismos descentralizados actuantes en el ámbito de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a los efectos de atender gastos de la normal operatoria de los citados organismos.

Que por el Decreto Nº 1.177 de fecha 16 de julio de 2012 se sustituyó del Anexo I al Artículo 1° del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios —Organigrama de Aplicación— el Apartado VI y del Anexo II al Artículo 2° del mismo decreto —Objetivos— el Apartado VI, correspondiente a la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que, asimismo, dicho decreto aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la citada Secretaría, facultando al titular de la misma a aprobar el Anexo de Dotación, de acuerdo con los cargos aprobados por las Leyes de Presupuesto de la Administración Pública Nacional vigentes.

Que la nueva conformación organizativa de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, impone la necesidad de adecuar los cargos de personal incrementándolos a los fines de facilitar el cumplimiento de las misiones y funciones que le competen.

Que el incremento de cargos permitirá aprobar el Anexo de Dotación completando el esquema organizativo de la Secretaría, asegurando más eficiencia en la gestión y coordinación con las otras jurisdicciones nacionales y provinciales vinculadas con la materia, y posibilitando una más rápida respuesta a las demandas de la sociedad.

Que es menester reforzar los gastos de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS para hacer frente a compromisos asumidos con anterioridad en el marco de las políticas públicas relacionadas con la administración general de la Nación.

Que es necesario incrementar el Presupuesto vigente del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE con el objeto de afrontar las transferencias previstas a la empresa AEROLINEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA...

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