Decreto 1765/2012

Fecha de disposición01 Octubre 2012
Fecha de publicación02 Octubre 2012
SecciónDecretos

Bs. As., 1/10/2012

VISTO el Expediente Nº 1451/12 del Registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, organismo descentralizado y autárquico actuante en la órbita de la PRESIDENCIA DE LA NACION, la Ley Nº 26.522, los Decretos Nros. 1525 de fecha 21 de octubre de 2009, 875 de fecha 21 de junio de 2011 y 319 del 6 de marzo de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.522, se creó como autoridad de aplicación la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL y se fijaron nuevas políticas en la regulación de los servicios de comunicación audiovisual y en el desarrollo de mecanismos destinados a la promoción, desconcentración y fomento de la competencia con fines de abaratamiento, democratización y universalización del aprovechamiento de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.

Que mediante el Decreto Nº 1525/09, se estableció la fecha de inicio de las funciones de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL y el modo de designación de los miembros del Directorio.

Que por el Decreto Nº 875 de fecha 21 de junio de 2011 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL.

Que como consecuencia de los nuevos lineamientos trazados para los servicios de comunicación audiovisual, se requiere de acciones inmediatas por parte de la Administración a fin de dotar a la nueva autoridad de aplicación de los recursos necesarios para dar cumplimiento a su accionar, resultando menester modificar la estructura de primer y segundo nivel operativo del citado organismo.

Que, asimismo, con la finalidad de lograr un funcionamiento más eficiente por parte del Directorio de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL (AFSCA) corresponde proceder a la derogación del Decreto Nº 319/12.

Que el servicio jurídico pertinente y la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley Nº 26.522 y por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°

— Apruébase la estructura organizativa del primer y segundo nivel operativo de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, organismo descentralizado y autárquico actuante en la órbita de la PRESIDENCIA DE LA NACION, de acuerdo al Organigrama y Responsabilidad Primaria y Acciones, que como Anexos I y II forman parte integrante de la presente medida.

Art. 2°

— Facúltase al Titular de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, para aprobar y modificar, previa intervención de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Anexo de Dotación de conformidad con los cargos financiados aprobados en la Ley de Presupuesto vigente.

Art. 3°

— Derógase el Decreto Nº 319 del 6 de marzo de 2012, restableciéndose la vigencia del texto originario del inciso i) del artículo 2° del Decreto Nº 1525 del 21 de octubre de 2009.

Art. 4º

— Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina.

ANEXO I

ANEXO II

DIRECCION DE PROYECTOS ESPECIALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Entender en la elaboración, implementación y monitoreo de proyectos de comunicación audiovisual tendientes a fomentar la diversidad, la universalidad de los servicios de comunicación audiovisual, la participación, la libertad de expresión, el derecho a la información, el federalismo, la inclusión social y el fortalecimiento del sector audiovisual.

ACCIONES:

  1. Analizar y evaluar los proyectos presentados por el sector privado y por organizaciones no gubernamentales que posibiliten la promoción y el desarrollo de los servicios audiovisuales de comunicación.

  2. Diseñar proyectos que promuevan la diversidad y la inclusión de nuevos actores, como organizaciones sin fines de lucro, pueblos originarios, comunidades escolares, comunidades de zonas de baja densidad demográfica y/o de alta vulnerabilidad social.

  3. Asesorar a los establecimientos educativos de gestión estatal, primarios, secundarios terciarios, universitarios y a las comunidades de pueblos originarios respecto a la viabilidad de instalación y puesta en funcionamiento de servicios de comunicación audiovisual en los establecimientos y comunidades.

  4. Proponer medidas de relevamiento, monitoreo y confección de informes relacionados con los proyectos especiales de comunicación audiovisual y servicios de comunicación audiovisual comunitarios, de frontera y de los pueblos originarios.

  5. Colaborar en la elaboración de procedimientos para regímenes de autorización de servicios de comunicación audiovisual de establecimientos educativos, municipales, de pueblos originarios y zonas de baja densidad demográfica y/o alta vulnerabilidad social.

  6. Intervenir en los trámites vinculados a las autorizaciones de los servicios de comunicación audiovisual para establecimientos educativos, municipios, pueblos originarios y las licencias correspondientes al artículo 49 de la Ley Nº 26.522.

  7. Controlar las rendiciones de los fondos ejecutados correspondientes a los proyectos especiales de comunicación audiovisual.

  8. Colaborar en la organización de las mesas de comunicación regional y en los espacios participativos que propendan al fomento de la diversidad, la libertad de expresión, el derecho a la información, el federalismo y la inclusión social y el fortalecimiento del sector audiovisual.

  9. Fomentar la actividad de productores de contenidos que preserven y difundan el patrimonio cultural y la diversidad de todas las regiones.

  10. Realizar monitoreos de los proyectos especiales de comunicación audiovisual.

  11. Fomentar la circulación de contenidos audiovisuales, en el marco de la inclusión de nuevos actores y nuevos servicios de comunicación audiovisual.

  12. Promover la creación y el fortalecimiento de bancos de contenidos audiovisuales.

  13. Evaluar el impacto producido por la implementación de los proyectos de comunicación audiovisual, a través de informes que contengan indicadores para efectuar dicha medición.

  14. Diseñar e implementar planes de capacitación no formal que propendan a fortalecer y fomentar la diversidad, la universalidad de los servicios de comunicación audiovisual, la participación, la libertad de expresión, el derecho a la información, el federalismo, la inclusión social y el fortalecimiento del sector audiovisual.

  15. Implementar líneas de acción destinadas a fortalecer el desarrollo sustentable del sector de servicios de comunicación audiovisual comunitarios, escolares, municipales, de frontera y de los pueblos originarios.

  16. Entender en la implementación de los convenios celebrados con otros organismos del Estado y del sector privado y organismos no gubernamentales, que posibiliten la promoción y el desarrollo de los servicios audiovisuales de comunicación vinculados al sector comunitario, de frontera, del sistema educativo, de los Pueblos Originarios, y los originados por el régimen especial del Artículo 49 de la Ley Nº 26.522 (emisoras de baja potencia en sitios de probada disponibilidad de espectro, con alta vulnerabilidad y/o baja densidad demográfica).

  17. Fomentar proyectos emanados de la sociedad civil, como mesas de comunicación popular y espacios participativos referidos a servicios de comunicación audiovisual.

    UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

    RESPONSABILIDAD PRIMARIA

    Promover el desarrollo adecuado de un sistema de control interno que garantice el cumplimiento de la eficacia, eficiencia y economía de la gestión presupuestaria, pedagógica, cultural y administrativa de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL.

    ACCIONES:

  18. Establecer la planificación y elaborar el Plan Anual de Auditoría Interna.

  19. Evaluar y asesorar en el cumplimiento de planes y metas, recomendando la corrección de los mismos cuando se produzcan desvíos.

  20. Evaluar el desarrollo de los procesos y sistemas, recomendando la actualización y/o adecuación de los circuitos en uso.

  21. Controlar el cumplimiento de los principios contables y niveles presupuestarios de la normativa legal vigente con relación a los ingresos y egresos.

  22. Emitir opinión sobre los Estados Contables del Organismo.

  23. Controlar la eficiencia, eficacia y legalidad de las acciones operativas llevadas a cabo por el Organismo.

  24. Producir informes periódicos sobre las auditorías practicadas y comunicar a las autoridades superiores y a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION acerca de los desvíos que se detecten, con las recomendaciones y/u observaciones que se formulen en cuanto a los cursos de acción a seguir.

  25. Efectuar el seguimiento de los expedientes auditados a fin de aconsejar las modificaciones pertinentes en la tramitación de las actuaciones administrativas.

  26. Informar sobre los temas que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION requiera en lo atinente al desarrollo de sus actividades.

  27. Recomendar la implementación de los indicadores que permitan determinar la evolución económica, financiera y de gestión del organismo.

  28. Asesorar en la implementación y actualización de los manuales de procedimientos del Organismo, tanto en cuanto a su eficacia y eficiencia, cuanto en los aspectos relativos al control interno.

  29. Controlar las medidas de resguardo adoptadas para la salvaguarda de los activos del Organismo.

    UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

    AUDITORIA ADJUNTA

    ACCIONES:

  30. Reemplazar al Auditor Interno en caso de ausencia por licencia u otros motivos.

  31. Coordinar las acciones de las distintas áreas de la unidad.

  32. Colaborar con el auditor Interno Titular en la formulación y seguimiento de la planificación global anual de las tareas de auditoría.

  33. Supervisar el análisis de la información...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR