Decreto 878/2008

EmisorAdministracion Publica Nacional
Fecha de la disposición 3 de Junio de 2008

Sustitúyense del Anexo I al artículo 1º y del Anexo II al artículo 2º del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios los Apartados XIII --Organigrama y Objetivos-- correspondientes al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto. Sustitúyese del Anexo II de la Decisión Administrativa Nº 10 de fecha 25 de junio de 2002, la Responsabilidad Primaria y Acciones de la Dirección Nacional de Ceremonial del nombrado Ministerio. Apruébase la estructura organizativa del primer y segundo nivel operativo de la Secretaría de Coordinación y Cooperación Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.

Bs. As., 29/5/2008

VISTO la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y modificatorios y complementarios y el Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y modificatorios y la Decisión Administrativa Nº 10 de fecha 25 de junio de 2002 y modificatorias y,

CONSIDERANDO:

Que a través de la Ley citada en el Visto se establecieron los ministerios que conforman la organización de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL y sus competencias.

Que por el Decreto Nº 357/02 y modificatorios se aprobó el organigrama de aplicación de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL centralizada hasta nivel de Subsecretaría, y los objetivos de las unidades organizativas determinadas en dicho organigrama.

Que por la Decisión Administrativa Nº 10/02 se aprobó la estructura organizativa del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO correspondiente al primer nivel operativo de la jurisdicción.

Que resulta necesario readecuar la conformación organizativa de los niveles políticos y operativos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, con el objeto de cumplir con los criterios de eficacia y eficiencia necesarios para el logro de los objetivos estratégicos de la jurisdicción.

Que dicha readecuación, implica la jerarquización de la actual SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL, pasando a denominarse SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL.

Que por lo expuesto corresponde aprobar la estructura organizativa de la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que la aprobación de la citada estructura organizativa, implica a su vez la adecuación de las Responsabilidades Primarias y Acciones de la DIRECCION NACIONAL DE CEREMONIAL, como así también la sustitución del Anexo la --Organigrama-- de la Decisión Administrativa Nº 10/02.

Que las reformas propuestas se encuentran fundamentadas en un pormenorizado análisis y evaluación de responsabilidades y competencias, en función de la necesidad del reordenamiento mencionado.

DECRETOS ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL 878/2008

Sustitúyense del Anexo I al artículo 1º y del Anexo II al artículo 2º del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, los Apartados XIII --Organigrama y Objetivos-- correspondientes al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto. Sustitúyese del Anexo II de la Decisión Administrativa Nº 10 de fecha 25 de junio de 2002, la Responsabilidad Primaria y Acciones de la Dirección Nacional de Ceremonial del nombrado Ministerio. Apruébase la estructura organizativa del primer y segundo nivel operativo de la Secretaría de Coordinación y Cooperación Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.

DECISIONES ADMINISTRATIVAS TEATRO NACIONAL CERVANTES 201/2008

Pág.

Que han tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Sustitúyese del Anexo I al artículo 1º del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios --Organigrama de aplicación de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL-- el Apartado XIII correspondiente al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, el que quedará conformado de acuerdo al detalle que como planilla anexa al presente artículo se acompaña.

Art. 2º

Sustitúyese del Anexo II al Artículo 2º del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios --Objetivos--, el Apartado XIII correspondiente al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, los que quedarán redactados de conformidad con el detalle obrante en la planilla anexa al presente artículo.

Art. 3º

Sustitúyese del Anexo II de la Decisión Administrativa Nº 10 de fecha 25 de junio de 2002, la Responsabilidad Primaria y Acciones de la DIRECCION NACIONAL DE CEREMONIAL dependiente del titular del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, por las que se detallan en Planilla Anexa al presente artículo.

Art. 4º

Apruébase la estructura organizativa del primer y segundo nivel operativo de la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, de acuerdo con los Organigramas y Responsabilidad Primaria y Acciones, que como Anexos la, lb, Ic, Id, le, If, Ig, lh y II forman parte integrante del presente decreto.

Art. 5º

Sustitúyese el Anexo la de la Decisión Administrativa Nº 10 de fecha 25 de junio de 2002, por el Organigrama, que como planilla anexa al presente artículo forma parte del presente decreto y suprímese el Anexo Id de la mencionada norma correspondiente a la ex SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL.

Art. 6º

Facúltase al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO previa intervención de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS para que en un plazo de SESENTA (60) días apruebe la estructura organizativa correspondiente a las aperturas inferiores a las que se establecen en la presente medida, la que deberá prever como máximo VEINTIDOS (22) cargos de conducción.

Art. 7º

Facúltase al MINISTRO de RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO a aprobar la dotación de la jurisdicción, dentro de los cargos financiados previstos por el presupuesto vigente, previa intervención de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 8º

Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las de la presente, las que transitoriamente mantendrán las responsabilidades primarias y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles, grados de revista y funciones ejecutivas previstos en el Decreto Nº 993/91 (t.o. 1995).

Art. 9º

Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas por la presente medida, serán atendidas con cargo a los créditos presupuestarios de la jurisdicción.

Art. 10 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Alberto A

Fernández. -- Jorge E. Taiana.

Planilla Anexa al artículo 1º XIII.- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO -- SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES - SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES - SUBSECRETARIA DE POLITICA LATINOAMERICANA - SUBSECRETARIA DE POLITICA EXTERIOR -- SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION INTERNACIONAL - SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA -- SECRETARIA DE COMERCIO Y RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES - SUBSECRETARIA DE INTEGRACION ECONOMICA AMERICANA Y MERCOSUR - SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERNACIONAL -- SECRETARIA DE CULTO - SUBSECRETARIA DE CULTO Planilla Anexo al artículo 2º XIII.- MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES OBJETIVOS:

  1. - Entender desde el punto de vista de la política exterior en las relaciones con todos los países y los Organismos Internacionales, y coordinar con las otras Secretarías del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, los diversos aspectos de la política exterior y su armonización en base a los criterios funcionales y geográficos.

  2. - Formular las políticas y cursos de acción a seguir en los asuntos relativos a la seguridad internacional, nucleares y espaciales, los vinculados a territorios y espacios marítimos bajo disputa de la soberanía en el Atlántico Sur, las cuestiones de derecho internacional, de política migratoria y del desarrollo de zonas de frontera, en los asuntos internacionales relativos a la lucha contra el uso indebido de drogas, narcotráfico, política de desarme, seguridad y terrorismo internacional, operaciones de mantenimiento de paz, preservación y protección de los recursos naturales, medio ambiente, preservación de los recursos del territorio terrestre y marítimo argentino y sus áreas adyacentes; así como del espacio aéreo.

  3. - Entender en la determinación de la política, la elaboración de planes y programas, y en la representación del Estado Nacional ante los Organismos Internacionales en materia de derechos humanos y en aquellas relativas a la condición y situación de la mujer, dentro del ámbito de la política exterior, e intervenir en la reforma de la legislación nacional en dichas materias.

  4. - Formular y conducir la política y cursos de acción a seguir en materia de asuntos consulares, y elaborar las instrucciones a las...

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