Decreto Nº 492

EmisorMrio Trabajo Jus. y Gob.
Fecha de la disposición20 de Marzo de 2012

DECRETO Nº 492

Mendoza, 20 de marzo de 2012

Visto el expediente 685-S-2012-77793, mediante el cual se solicita la aprobación de la estructura organizativa de la Secretaría de Deporte; y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto Acuerdo N° 3634/11 se autorizó a los Sres. Ministros y Secretarios del Poder Ejecutivo a aprobar las nuevas estructuras mediante decreto simple;

Por ello,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Apruébese la nueva estructura organizativa de la Secretaría de Deporte, según el Organigrama que como Anexo I forma parte integrante de este decreto.

Articulo 2º

Son atribuciones generales de los órganos que se enuncian en el Anexo I, las conferidas por el presente decreto y que se enumeran a continuación, sin perjuicio de las específicas enunciadas en el Artículo 3° para cada organismo y de las nuevas atribuciones y competencias que oportunamente puedan asignárseles.

Atribuciones Generales:

  1. Elevar al Secretario de Deporte la propuesta de presupuesto anual del órgano.

  2. Proponer por conducto de la Secretaría de Deporte las modificaciones y redistribuciones internas de las partidas presupuestarias.

  3. Proponer por conducto de la Secretaría de Deporte las medidas relacionadas con la organización administrativa, las transferencias de personal y los requerimientos derivados de capacitación de personal del sector.

  4. Practicar los actos de administración y control de los fondos afectados al sector.

  5. Proponer al Secretario de Deporte los nombramientos y adscripciones que necesitare el sector.

  6. Aplicar y/o proponer las sanciones para el personal, según corresponda, cuando así lo disponga la legislación vigente.

  7. Autorizar las transferencias de personal entre sus dependencias, según la legislación vigente en la materia.

  8. Intervenir en las licitaciones y contrataciones del sector en los casos y términos previstos en la legislación vigente.

  9. Elevar las propuestas de promoción y ascenso de empleados del sector a consideración del superior, según lo previsto en las normas técnicas jurídicas vigentes.

  10. Decidir otras cuestiones referidas al régimen jurídico del personal que sean de su competencia, según las normas técnicas y jurídicas vigentes.

  11. Intervenir en la selección del personal de su sector según las normas técnicas y jurídicas vigentes.

  12. Introducir a los nuevos empleados en el ejercicio de sus funciones y determinar su unidad de trabajo.

  13. Comunicar al órgano competente la existencia de vacantes, la necesidad de personal en su área así como también lo relativo a las necesidades de capacitación del mismo.

  14. Informar al órgano competente los partes de asistencia, puntualidad y novedades del personal de las dependencias del área.

  15. Emitir informes relativos a cuestiones propias de su área.

  16. Decidir la extensión de la jornada de trabajo según las necesidades del servicio, de acuerdo a las normas internas y legislación vigente.

  17. Autorizar el desplazamiento del personal y solicitar los viáticos cuando correspondan, según lo dispuesto por la legislación vigente.

  18. Decidir o elevar a consideración superior, según lo dispuesto por la legislación vigente, los pedidos de licencia del personal.

  19. Dictar las normas e instrucciones necesarias cuando así lo dispongan las normas técnicas y...

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