Decreto 3538-2005

Fecha de la disposición29 de Diciembre de 2005

DECRETO N° 3538

Santa Fe, 29 de Diciembre de 2005.

VISTO:

El Expediente N° 00302-0052390-6 del registro del Sistema de Información de Expedientes, en el que se propicia la emisión del acto por el cual se modifica el artículo 1° del Decreto N° 0814/88 y se delega la facultad de disponer la autorización de bingos eventuales o temporarios, contemplados en el artículo 15° de la Ley N° 11.998 o la que en el futuro la reemplace; y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 3925/86 reglamentó la realización de Rifas, Bono Contribución, Tómbolas, Lotería Familiar, Bingos y/o Sorteos Continuos organizados por asociaciones con personería jurídica, política o gremial o aquellas comisiones especiales constituidas con el objeto de contribuir a la atención de algún problema de interés público (artículo 1°);

Que posteriormente, el Decreto N° 814/88 dispuso la suspensión de todo trámite para la realización de Tómbolas, Loterías Familiares, Sorteos Continuos y/o Bingos y a las renovaciones de autorizaciones futuras (artículo 1°);

Que la Legislatura de la Provincia de Santa Fe sancionó, con fecha 30 de noviembre de 2.001, la Ley N° 11.998, que autoriza al Poder Ejecutivo a disponer la instalación y explotación de Casinos y Bingos en el territorio provincial, habiendo sido dicha norma reglamentada mediante Decreto N° 3897/02;

Que la Ley N° 11.998, en su artículo 3° inciso c), al definir la modalidad de juego del "Bingo", estipula: "Exceptúanse de esta modalidad de juego a los Bingos temporarios organizados en forma directa por instituciones de bien público, sin fines de lucro, que autorice el Poder Ejecutivo";

Que dichos bingos temporarios están específicamente contemplados en el artículo 15° de la ley, en tanto reza: " El Poder Ejecutivo solo podrá autorizar la realización de bingos temporarios o eventuales, en cualquier localización del territorio provincial, cuando se cumpla con la totalidad de los siguientes requisitos: a) que lo organicen en forma directa personas jurídicas, de bien público, sin fines de lucro; b) que la entidad de que se trate sólo organice un bingo por año ......

Que el aludido Decreto Reglamentario N° 3897/02, aprobó el reglamento de Casinos y Bingos...

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