Decreto 1183/2011

Fecha de disposición05 Agosto 2011
Fecha de publicación11 Agosto 2011
SecciónDecretos
Número de Gaceta32211

Bs. As., 5/8/2011

VISTO el Expediente CUDAP Nº 12449/2011 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 26.546, los Decretos Nº 491 del 12 de marzo de 2002, Nº 353 del 24 de febrero de 2003, Nº 776 del 3 de abril de 2003, Nº 1530 del 2 de noviembre de 2004, Nº 1192 del 22 de septiembre de 2005, Nº 2009 del 24 de noviembre de 2008, Nº 1529 del 20 de octubre de 2010, Nº 2053 del 22 de diciembre de 2010, y Nº 2054 del 22 de diciembre de 2010, y lo solicitado por la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA Y EVALUACION PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.546 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2010, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10.

Que por el Decreto Nº 2054/10 se establecieron las disposiciones complementarias a la prórroga establecida en los términos del Decreto Nº 2053/10 del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010 aprobado por la Ley Nº 26.546, con vigencia desde el 1º de enero de 2011.

Que mediante los Decretos Nº 353/03, Nº 776/03, Nº 1530/04, Nº 1192/05 y Nº 2009/08, se dieron por designados a diversos agentes, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que mediante el Decreto Nº 1529/10 se dieron por aprobadas las últimas prórrogas de las designaciones transitorias efectuadas oportunamente y a partir de las fechas de sus vencimientos y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA Y EVALUACION PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que resulta necesario efectuar una nueva prórroga de las designaciones del personal consignado en las planillas que como Anexos I y II forman parte del presente, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles.

Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción...

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