Decreto 926/2011

Fecha de disposición14 Julio 2011
Fecha de publicación14 Julio 2011
SecciónDecretos
Número de Gaceta32191

Jueves 14 de julio de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.191 3 su carácter de responsable polÃtico de la Administración General del paÃs y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artÃculo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Que por el Decreto N'º' 14/11 se modificaron los Objetivos y la denominación de la ex SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS por la de SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la citada jurisdicción.

Que por la Decisión Administrativa N'º' 3/11 se aprobó la estructura organizativa de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que, consecuentemente, mediante la Resolución S.G. N'º' 1/11 se ratificaron y homologaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas diversos cargos pertenecientes a la SecretarÃa citada precedentemente, entre ellos se ratificaron los correspondientes a las unidades organizativas Dirección de Comunicación Comunitaria y Local, Dirección de Comunicación Internacional, Coordinación de Estrategia Marca PaÃs y Dirección de Prensa y Difusión, pertenecientes a la DIRECCION GENERAL DE PRENSA Y COMUNICACION y los correspondientes a las unidades organizativas Dirección de Contenidos y Dirección de Gestión de la Información, todos pertenecientes a la SUBSECRETARIA DE COMUNICACION Y CONTENIDOS DE DIFUSION de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que en el ámbito de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se encuentran vacantes y financiados los cargos de los titulares de las unidades organizativas mencionadas en el considerando anterior, que por la particular naturaleza de las acciones asignadas a las mismas, resulta necesario proceder a su cobertura transitoria con cierta inmediatez, exceptuándolos a tal efecto de lo establecido en el artÃculo 7'º de la citada ley y de lo dispuesto, respectivamente, en el artÃculo 120 y en el TÃtulo II CapÃtulos III, IV y VIII del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto N'º' 2098/08.

Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.

Que mediante el Decreto N'º' 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que se ha dado cumplimiento a lo establecido por la Circular N'º' 4 de fecha 15 de marzo de 2002 del Secretario Legal y Técnico de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención correspondiente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artÃculo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, a tenor de lo dispuesto por el artÃculo 1'º del Decreto N'º' 491/02 y los artÃculos 7'º y 10 de la Ley N'º' 26.546, prorrogada en los términos del Decreto N'º' 2053/10 y complementada por el Decreto N'º' 2054/10.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ArtÃculo 1'º — Dase por designado, con carácter transitorio y por el término de CIENTO OCHENTA (180) dÃas hábiles, al personal nominado en la planilla que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente medida, de acuerdo con el detalle obrante en la misma, autorizándose los correspondientes pagos de Funciones Ejecutivas del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N'º' 2098/08 y con carácter de excepción a lo dispuesto en el artÃculo 7'º de la Ley N'º' 26.546, prorrogada en los términos del Decreto N'º' 2053/10 y complementada por el Decreto N'º' 2054/10.

Art. 2

'º — Dase por designado, con carácter transitorio y por el término de CIENTO OCHENTA (180) dÃas hábiles, al personal nominado en la planilla que, como Anexo II, forma parte integrante de la presente medida, de acuerdo con el detalle obrante en la misma, autorizándose los correspondientes pagos de Funciones Ejecutivas del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N'º' 2098/08, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mÃnimos establecidos en el artÃculo 14 del Sistema citado precedentemente y con carácter de excepción a lo dispuesto en el artÃculo 7'º de la Ley N'º' 26.546, prorrogada en los términos del Decreto N'º' 2053/10 y complementada por el Decreto N'º' 2054/10.

Art. 3

'º — Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente, en el artÃculo 120 y en el TÃtulo II, CapÃtulos III, IV y VIII del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público homologado por el Decreto N'º' 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) dÃas hábiles contados a partir de las fechas indicadas en los Anexos I y II de la presente medida.

Art. 4

'º — El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por la presente medida será atendido con cargo a las partidas especÃficas correspondientes al Programa 19 —Prensa y Difusión de Actos de Gobierno— de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 5

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archÃvese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — AnÃbal D. Fernández.

ANEXO I JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA SUBSECRETARIA DE COMUNICACION Y CONTENIDOS DE DIFUSION APELLIDO Y NOMBRES D.N.I. N'º NIVEL GRADO F.E. FUNCION ALTA CALDARARO,

Marta Andrea 20.910.676 B - 0 III Directora de Gestión de la Información 18/03/11

COIRO, Carmen Gloria 11.683.139 B - 0 III Directora de Prensa y Difusión 01/04/11

ANEXO II JEFATURA DE GABINETE DE...

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