Decreto 331/2011

EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto
Fecha de la disposición22 de Marzo de 2011

Martes 22 de marzo de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.115 6 % 6 % MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO Decreto 331/2011

Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SubsecretarÃa de Desarrollo de Inversiones de la SecretarÃa de Comercio y Relaciones Económicas Internacionales.

Bs. As., 15/3/2011

VISTO el Expediente N'º' 59.225/2010 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,

COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y el Decreto N'º' 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y modificatorios y complementarios, y CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto N'º' 357/02, sus modificatorios y complementarios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Centralizada del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, entre otros, estableciéndose las competencias de los niveles polÃticos del mismo.

Que por tal motivo, resulta procedente aprobar la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO DE INVERSIONES dependiente de la SECRETARIA DE COMERCIO Y RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, ajustada a criterios de racionalidad y eficiencia para llevar adelante los objetivos planteados.

Que la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección General de Asuntos JurÃdicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del ArtÃculo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ArtÃculo 1'º — Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO DE INVERSIONES dependiente de la SECRETARIA DE COMERCIO Y RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, de acuerdo con el Organigrama,

Responsabilidad Primaria y Acciones, que como Anexos I y II, respectivamente, forman parte integrante del presente Decreto.

Art. 2

'º â En un plazo de NOVENTA (90) dÃas a partir de la publicación del presente Decreto, el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO deberá aprobar el proyecto de estructura organizativa...

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