Decreto 1962/2006

Fecha de disposición10 Enero 2007
Fecha de publicación10 Enero 2007
SecciónDecretos
Número de Gaceta31070

Apruébase lo actuado por el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, a través de la Secretaría de Transporte, en lo referente a la renegociación del Contrato de Concesión de la Administración, Explotación Comercial, Reparaciones, Ampliación y Servicios complementarios de la Estación Terminal de Omnibus Retiro de la Ciudad de Buenos Aires.

Bs. As., 28/12/2006

VISTO el Expediente Nº S01:0284671/2002 del Registro del ex - MINISTERIO DE LA PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 1457 de fecha 28 de noviembre de 2005 se instruyó al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a través de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, a renegociar y proponer modificaciones respecto del Contrato de Concesión de la Administración, Explotación Comercial, Reparaciones, Ampliación y Servicios complementarios de la ESTACION TERMINAL DE OMNIBUS RETIRO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, suscripto entre el ex -MINISTERIO DE ECONOMIAY OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y TEBA S.A., con fecha 3 de septiembre de 1993 y aprobado por Decreto Nº 1995 de fecha 23 de septiembre de 1993.

Que el Artículo 4º del Decreto Nº 1457 de fecha 28 de noviembre de 2005, estableció las temáticas y objetivos con sujeción a los cuales debía desarrollarse el proceso de renegociación.

Que entre los tópicos a ser abarcados en esa instancia, se puntualizaron los vinculados a los cuadros tarifarios y canon de la concesión; lo atinente a su plazo de vigencia; la resolución de los reclamos, recursos o acciones administrativas y/o judiciales pendientes; la actualización del régimen jurídico de la contratación; y la actualización del régimen de seguros y garantías contractualmente previsto y el mejoramiento funcional de la Terminal, ejecutando o incorporando las obras o el equipamiento necesario a tal fin, incluidas las relativas a la seguridad de las instalaciones.

Que asimismo, el Artículo 5º del citado decreto, de acuerdo a las facultades oportunamente conferidas por el Artículo 31 --segundo párrafo-- de las 'Condiciones Particulares' del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación, contempló que la SECRETARIADE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, podía disponer la extensión del plazo de la concesión, conforme a las pautas contenidas en las bases de la contratación.

Que en el ámbito de la mencionada Secretaría, con la intervención de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado en jurisdicción de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en lo relativo a su competencia, se colectaron los antecedentes de las cuestiones alcanzadas por la instancia de renegociación, efectuándose el análisis y las ponderaciones técnicas pertinentes, tanto respecto de las diversas conclusiones arribadas en el marco de los informes y estudios realizados, como en lo referente a las presentaciones del concesionario, de todo lo cual dan cuenta las actuaciones reseñadas en el VISTO.

Que dando tratamiento a la totalidad de los tópicos oportunamente instruidos, los acuerdos alcanzados fueron volcados en el Acta suscripta por la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y la empresa TEBA S.A., concesionaria de la ESTACION TERMINAL DE OMNIBUS RETIRO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, con fecha 15 de mayo de 2006.

Que en consecuencia, corresponde la aprobación de lo actuado por el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a través de la SECRETARIA DE TRANSPORTE en el proceso de renegociación del contrato abordado, y la ratificación del Acta Acuerdo suscripta con la empresa TEBA S.A., concesionaria de la ESTACION TERMINAL DE OMNIBUS RETIRO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, de fecha 15 de mayo de 2006, en los términos del Artículo 6º del Decreto Nº 1457 de fecha 28 de noviembre de 2005, así como el Acta Acuerdo suscripta entre la ex - SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE TERRESTRE, dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y la empresa TEBA S.A., concesionaria de la ESTACION TERMINAL DE OMNIBUS RETIRO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, con fecha 18 de agosto de 1999.

Que oportunamente, el Contrato de Concesión con la empresa TEBA S.A., concesionaria de la ESTACION TERMINAL DE OMNIBUS RETIRO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, fue desvinculado del proceso de renegociación previsto por la Ley Nº 25.561 y el Decreto Nº 311 de fecha 3 de julio de 2003.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete, conforme a lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que las atribuciones para el dictado de la presente medida emanan de lo dispuesto por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Apruébase todo lo actuado por el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,

INVERSION PUBLICAY SERVICIOS, a través de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, en el marco de las instrucciones impartidas mediante el Decreto Nº 1457 de fecha 28 de noviembre de 2005, referentes a la renegociación del Contrato de Concesión de la Administración, Explotación Comercial, Reparaciones, Ampliación y Servicios complementarios de la ESTACION TERMINAL DE OMNIBUS RETIRO DE LACIUDAD DE BUENOSAIRES, suscripto entre el ex - MINISTERIO DE ECONOMIAY OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y TEBA S.A., con fecha 3 de septiembre de 1993 y aprobado por Decreto Nº 1995 de fecha 23 de septiembre de 1993.

Art. 2º

Ratifícase el Acta Acuerdo suscripta entre la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y la empresa TEBA S.A., concesionaria de la ESTACION TERMINAL DE OMNIBUS RETIRO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, con fecha 15 de mayo de 2006, cuya copia certificada, como Anexo I, forma parte integrante del presente decreto.

Art. 3º

Ratifícase el Acta Acuerdo suscripta entre la ex - SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE TERRESTRE, dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex - MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y la empresa TEBA S.A., concesionaria de la ESTACION TERMINAL DE OMNIBUS RETIRO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, con fecha 18 de agosto de 1999, cuya copia certificada, como Anexo II, forma parte integrante del presente decreto.

Art. 4º

Instrúyese a la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICAY SERVICIOS a confeccionar y aprobar el texto ordenado del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares de la Licitación Pública de la ESTACION TERMINAL DE OMNIBUS RETIRO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, y de su respectivo Contrato de Concesión.

Art. 5º

Facúltase al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a través de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, para efectuar las interpretaciones, aclaraciones y modificaciones que demande el Acta Acuerdo ratificada por el Artículo 2º del presente decreto.

Art. 6º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

-- KIRCHNER. -- Julio M. De Vido. -- Alberto A. Fernández.

ANEXO I ACTA ACUERDO ESTADO NACIONAL - TEBA S.A.

(RENEGOCIACION DECRETO Nº 1457/05).

En Buenos Aires, a los 15 días del mes de MAYO de 2006, entre el ESTADO NACIONAL, representado en este acto por el señor SECRETARIO DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, Ingeniero Ricardo Raúl JAIME, por una parte, y TEBA S.A., representada en este acto por el presidente de su directorio, Señor Néstor Emilio OTERO, en adelante 'TEBA':

MANIFIESTAN:

Que por el Decreto Nº 1995/93 se aprobó el Contrato de Concesión de la Administración, Explotación Comercial, Reparaciones, Ampliación y Servicios Complementarios de la ESTACION TERMINAL DE OMNMUS RETIRO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES (ETOR), suscripto con 'TEBA'.

QueporDecretoNº 1293/97,porlosfundamentosexpuestosensusconsiderandos,seautorizóalentonces MINISTERIO DE ECONOMIAY OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS a introducir en el referido contrato de concesión las modificaciones que fueran necesarias, de conformidad a lo establecido en su articulado.

Que en virtud de las facultades conferidas por el citado Decreto Nº 1293/97, con fecha 30 de diciembre de 1997 se suscribió entre el ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y 'TEBA' un Convenio de Renegociación en el que se estableció un toque de dársena de QUINCE DOLARES ESTADOUNIDENSES (U$S 15) y ONCE DOLARES ESTADOUNIDENSES (U$S 11) para el transporte de larga distancia, y media y corta, respectivamente, sin alterar el monto del canon fijado en el contrato original.

Que, posteriormente, el 18 de agosto de 1999, se suscribió un Acta Acuerdo entre, por una parte la entonces SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE TERRESTRE dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, y por la otra parte la empresa 'TEBA', en la que acordó, en base a las manifestaciones de las partes en ella vertidas, una nueva disminución del toque de dársena a DOCE DOLARES ESTADOUNIDENSES (U$S 12) y NUEVE DOLARES ESTADOUNIDENSES (U$S 9) respectivamente, como también del canon originario, el cual se fijó en DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y TRES (U$S 204.573), todo lo cual se acordó 'ad referéndum' del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que el Poder Ejecutivo Nacional no ha ratificado el Acta Acuerdo de fecha 18 de agosto de 1999, no obstante ello, fue implementada por las partes. En ese sentido, 'TEBA' disminuyó el valor de toque de dársena y abonó el canon según los parámetros establecidos en el acta.

Que en relación a ello, la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE elevó un Expediente CUDAP...

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