Decreto 2259/2014

Fecha de publicación19 Diciembre 2014
Fecha de disposición28 Noviembre 2014
SecciónDecretos
Número de Gaceta33034



POLICÍA DE ESTABLECIMIENTOS NAVALES

Decreto 2259/2014

Decreto N° 2126/1977. Modificación.

Bs. As., 28/11/2014

VISTO el Decreto-Ley N° 5177 del 18 de abril de 1958, por el que se aprobó el ESTATUTO DE LA POLICÍA DE ESTABLECIMIENTOS NAVALES, sus modificaciones y su reglamentación, aprobada por el Decreto N° 2126 del 20 de julio de 1977, los Decretos N° 92 del 25 de enero de 2006, N° 1784 del 30 de noviembre de 2006, N° 871 del 5 de julio de 2007, N° 1053 del 27 de junio de 2008, N° 751 del 18 de junio de 2009 y N° 1248 el 31 de julio de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario fijar una escala de haberes para el personal de la POLICÍA DE ESTABLECIMIENTOS NAVALES que reconozca una adecuada jerarquización en relación con la capacidad, responsabilidad y dedicación que demanda la correcta ejecución de su actividad.

Que, con motivo de la recomposición del Sueldo, Suplemento por Función y Bonificación Especial, resulta necesario rever la pertinencia y significación de algunos suplementos y compensaciones que percibe el personal de la POLICÍA DE ESTABLECIMIENTOS NAVALES en virtud de la reglamentación citada en el VISTO.

Que, a tal fin, procede suprimir el “Suplemento por responsabilidad del cargo”, la “Compensación por mayor exigencia de vestuario”, la “Compensación por vivienda” y la “Compensación para adquisición de textos y elementos de estudio”; y establecer TRES (3) nuevos suplementos particulares: el “Suplemento por disponibilidad permanente para el cargo o función”, el “Suplemento por tareas específicas de seguridad en establecimientos navales” y el “Suplemento por mayor exigencia horaria del servicio.

Que resulta pertinente asignar, por única vez, una suma no remunerativa, no bonificable al personal de la POLICÍA DE ESTABLECIMIENTOS NAVALES.

Que la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO ha tomado la intervención que le corresponde.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS...

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