Decreto 119/1999

Fecha de disposición23 Febrero 1999
Fecha de publicación23 Febrero 1999
SecciónDecretos
Número de Gaceta29091

Decreto 119/99 del 15/2/99 Ir al texto actualizado

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Decreto 119/99

Autorízase al citado Organo Coordinador de los Sistemas de Administración Financiera, a incluir en contratos por operaciones de crédito público correspondientes a la Administración Central, cláusulas para ampliar la prórroga de jurisdicción para aquellos mercados con monedas europeas, utilizados en forma constante.

Bs. As., 15/2/99

B.O: 23/2/99

VISTO el Expediente N° 001-000060/99 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, las Leyes N° 24.156 y N° 25.064, los Decretos N° 2666 de fecha 29 de diciembre de 1992, N° 1588 de fecha 26 de julio de 1993, N° 736 de fecha 5 de julio de 1996, N° 1371 de fecha 28 de noviembre de 1996, N° 1563 de fecha 19 de diciembre 1996, N° 438 de fecha 16 de mayo de 1997 y N° 363 de fecha 1 de abril de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 24.156 el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, reguló la administración financiera del Sector Público Nacional, entre otros el Sistema de Crédito Público.

Que el artículo 63 de la mencionada Ley establece que las características y condiciones no previstas en dicha Ley para las operaciones de crédito público, serán fijadas por el órgano coordinador de los sistemas de administración financiera.

Que por el Decreto N° 2666/92 que reglamentara parcialmente la Ley N° 24.156, en su anexo establece para el artículo 6° de dicha Ley que, el órgano coordinador de los sistemas de administración financiera, será la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que la REPUBLICA ARGENTINA ha efectuado en los últimos años colocaciones en los mercados financieros internacionales y en especial en el mercado europeo, ampliando la base inversora y estableciendo nuevas referencias para la emisiones del sector privado.

Que el Tesoro Nacional ha utilizado en forma exitosa el Programa de Letras Externas a Mediano Plazo para el Mercado Europeo, en el marco del Decreto N° 1588/93 con sus modificaciones, para realizar operaciones de crédito público en diferentes monedas europeas con prórrogas de jurisdicción a favor de los tribunales ubicados en la ciudad de LONDRES, REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE y del los tribunales estaduales y federales en NUEVA YORK, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Que asimismo en el marco de los Decretos N° 1563/96, N° 736/96, N° 1371/96 y N° 438/97 se han realizado...

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