Decreto 2057. Modelo de Contrato de Préstamo BIRF. Aprobación.
Fecha de disposición | 08 Octubre 2015 |
Fecha de publicación | 08 Octubre 2015 |
Sección | Decretos |
Decreto 2057/2015
Modelo de Contrato de Préstamo BIRF. Aprobación.
Bs. As., 30/09/2015
VISTO el Expediente N° S01:0133447/2015 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, el Modelo de Contrato de Préstamo BIRF propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BIRF, el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF) se compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la ejecución del "Proyecto de Protección de Personas Vulnerables contra Enfermedades No Transmisibles" por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS CINCUENTA MILLONES (U$S 350.000.000).
Que el objetivo del citado Proyecto es contribuir con: (i) mejoras en la preparación de los centros públicos de salud para ofrecer una mayor calidad de servicios sobre las Enfermedades No Transmisibles (ENT) para los Grupos de Población Vulnerables y ampliar el alcance de los servicios seleccionados; y (ii) la protección de Grupos Vulnerables de la Población contra factores de riesgo de Enfermedades No Transmisibles (ENT) frecuentes.
Que el citado Proyecto prevé la ejecución de TRES (3) partes: (i) "Mejorar la disponibilidad de centros públicos de atención de la salud para prestar servicios de alta calidad para las Enfermedades No Transmisibles (ENT) a grupos de población vulnerables y al mismo tiempo ampliar el alcance de servicios seleccionados", (ii) "Proteger a grupos de población vulnerables contra factores de riesgo de Enfermedades No Transmisibles (ENT) frecuentes" y; (iii) "Apoyo a los Ministerios de Salud Nacionales y Provinciales para mejorar la supervisión, monitoreo, promoción, prevención y el control de las Enfermedades No Transmisibles (ENT), las lesiones, y los factores de riesgo".
Que la ejecución del Proyecto y la utilización de los recursos del financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE SALUD, a través de la Dirección de Promoción de la Salud y Control de Enfermedades No Transmisibles, de la que dependerá una Unidad de Coordinación del Proyecto (UC) y con el apoyo en materia administrativa, financiera y de adquisiciones, supervisión del proceso de monitoreo y evaluación del Proyecto de la Unidad de Financiamiento de Salud (UFI-s).
Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA ARGENTINA...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba