Decreto 2.797 de 12 de Noviembre de 2008

La Plata, 12 de noviembre de 2008.

VISTO el expediente Nº 2300-3423/08 por el que tramita un proyecto de Decreto referido a la política salarial para el personal enmarcado en la Ley Nº 12.268 y modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que dicha política, a regir desde el 1º de agosto de 2008 inclusive, se formula en el marco de las negociaciones colectivas regidas por la Ley Nº 13.453;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 22 de la Ley Nº 13.786 -de Presupuesto General correspondiente al Ejercicio 2008- y 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

DECRETA:

ARTICULO 1º Establecer que el presente Decreto será de aplicación para el personal enmarcado en la Ley Nº 12.268 y modificatorias "Régimen de las actividades artísticas, técnicas y complementarias", a partir del 1º de agosto de 2008 inclusive.
ARTICULO 2º Fijar el valor del módulo en pesos cero con cuatro mil setecientos cincuenta y cuatro ($0,4754) y determinar los sueldos básicos mensuales conforme el Anexo A que forma parte del presente.
ARTICULO 3º Fijar los valores de la Bonificación Remunerativa y No Bonificable establecida por el artículo 2º del Decreto Nº 1142/08, en los importes mensuales que...

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