Decreto 516/2010

Fecha de la disposición22 de Abril de 2010

Que de acuerdo con las obras, accesos terrestres y acuáticos y demás instalaciones con que cuenta, según los planos, inspecciones e informes obrantes en las actuaciones citadas en elVisto, el puerto es apto para la prestación de servicios portuarios dentro de la definición y actividades determinadas por la Ley Nº 24.093 y su reglamentación aprobada por el Decreto Nº 769 de fecha 19 de abril de 1993.

Que las circunstancias, requisitos y pautas mencionados en los considerandos precedentes, como asimismo los demás que deben ser ponderados para la habilitación, han sido examinados por la Autoridad Portuaria Nacional; considerándose cumplidas las normas legales y reglamentarias vigentes.

Que asimismo han tomado intervención las autoridades y organismos competentes en la materia, los que no formularon objeción alguna acerca de la habilitación en trámite.

Que la Dirección Nacional de Puertos, dependiente de la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,

INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, ha elaborado el informe técnico correspondiente, del cual no surgen elementos que obsten al otorgamiento de la habilitación solicitada.

Que en cumplimiento de la Ley Nº 24.093 y su reglamentación aprobada por el Decreto Nº 769/93, el 'Muelle de Barcazas' perteneciente al puerto DREYFUS TIMBÚES así habilitado quedará supeditado al mantenimiento de las condiciones técnicas y operativas que dieron lugar a la habilitación.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que el presente decreto es dictado en ejercicio de las facultades establecidas por el Artículo 5º de la Ley Nº 24.093 y su reglamentación aprobada por el Decreto Nº 769/93.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Habilítase con carácter particular, de uso privado y con destino industrial y comercial, el muelle denominado 'Muelle de Barcazas' del puerto DREYFUS TIMBÚES perteneciente a la firma LDC ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, ubicado en la margen derecha del Río CORONDA, a la altura del KILOMETRO CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO DOSCIENTOS (Km. 464,200) del Río PARANA, Localidad de TIMBÚES, Provincia de SANTA FE.

Art. 2º

La duración de la habilitación dispuesta por el artículo 1º del presente decreto, queda limitada al plazo de DIEZ (10) años de duración previsto en el contrato de comodato celebrado el 24 de agosto de 2004 entre INVERSIONES INMOBILIARIAS DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA y SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL DE EXPORTACION E IMPORTACION Y FINANCIERA LOUIS DREYFUS Y COMPAÑIA LIMITADA, actualmente denominada LDC ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA y sus addendas de fechas 1º de noviembre de 2004, 3 de enero de 2005 y 6 de octubre de 2009, o al menor lapso que eventualmente sobreviniera por requerimiento del comodante, en virtud de la causal de expiración anticipada prevista en la cláusula sexta del contrato de comodato mencionado, debiéndose poner en...

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