Decreto 188. Apruébase Modelo de Contrato de Préstamo.

Fecha de disposición17 Marzo 2017
Fecha de publicación17 Marzo 2017
SecciónDecretos

Decreto 188/2017

Apruébase Modelo de Contrato de Préstamo.

Ciudad de Buenos Aires, 16/03/2017

VISTO el Expediente N° EX-2016-01567967-APN-DMEYN#MH, el Modelo de Contrato de Préstamo N° ARG-27/2016, propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo N° ARG-27/2016, el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA) se compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la ejecución del "Programa de Emergencia para Respuesta a los Efectos de "El Niño" en la Argentina" por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES VEINTE MILLONES (U$S 20.000.000).

Que el propósito del Programa es apoyar a las provincias en acelerar la transición de la población damnificada por las inundaciones en la región litoral y centro de la REPÚBLICA ARGENTINA, para que estas puedan ir recuperando sus actividades sociales y económicas regulares.

Que el referido Programa se estructura en DOS (2) componentes: (i) "Infraestructura, equipamiento e insumos" y (ii) "Gerenciamiento y supervisión".

Que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, a través de la Unidad Ejecutora Central (UEC).

Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del MINISTERIO DE FINANZAS, suscriba el Contrato de Préstamo, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho préstamo.

Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de Finanzas para que, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo N° ARG-27/2016 y acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del "Programa de Emergencia para Respuesta a los Efectos de "El Niño" en la Argentina", siempre y cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o una alteración en el procedimiento arbitral pactado.

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de Préstamo propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en este tipo de contratos y...

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