Decreto 1.145

DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA.

DECRETO 1.145.

La Plata, 17 de diciembre de 2014.

VISTO el expediente N° 2300-2951/14 mediante el cual se propicia establecer la polí- tica salarial para el personal enmarcado en el régimen de la Ley Nº 10.374 y modificatorias, y CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 10.374 y sus modificatorias regulan el marco salarial de los Magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial;

Que en el marco de la Mesa de Diálogo celebrada el día 22 de abril de 2014 entre el Poder Ejecutivo y la Asociación Judicial Bonaerense se consensuó la pauta correspondiente a la política salarial para el personal que se desempeña en el ámbito jurisdiccional antes mencionado;

Que la misma se implementará en dos etapas, la primera a partir del 1° de marzo de 2014 y la segunda a partir del 1° de agosto del mismo año correspondiendo establecer las nuevas escalas de sueldos básicos;

Que asimismo se acordó incrementar la Bonificación Especial establecida para los agentes del Poder Judicial en el Decreto Nº 2053/87 y sus modificatorios Nº 5135/88 y Nº 1308/13, como así también la compensación funcional prevista en la Ley Nº 14.485 para los funcionarios y Magistrados que fuera fijada por Decreto Nº 210/11 únicamente para aquéllos cuyo importe máximo se estableciera en el equivalente al treinta y tres por ciento (33%); Que la circunstancia reseñada amerita dictar un precepto excepcional que permita la aplicación de la medida acordada en forma inmediata;

Que la doctrina ha venido sosteniendo la legitimidad del dictado de normas de necesidad y urgencia cuando medien circunstancias que lo justifiquen, señalando asimismo que las mismas han sido objeto de reiterado ejercicio...

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