Decisión Administrativa 499. Apruébase Estructura Organizativa.

Fecha de disposición20 Mayo 2016
Fecha de publicación20 Mayo 2016
SecciónDecisiones Administrativas

Decisión Administrativa 499/2016

Apruébase Estructura Organizativa.

Bs. As., 19/05/2016

VISTO el Expediente N° 11556/2016 del Registro del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios; el Decreto N° 13 del 10 de diciembre de 2015; el Decreto N° 232 de fecha 22 de diciembre de 2015 y los Decretos N° 223 de fecha 19 de enero de 2016; y N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, y modificatorios, mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP); y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.

Que mediante el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por el Decreto N° 438/92) y modificatorias, incorporándose el entonces MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, a través del artículo 23 septies.

Que a través del Decreto N° 232 de fecha 22 de diciembre de 2015 se aprobó la conformación organizativa del entonces MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, así como la Responsabilidad Primaria y Acciones de la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA, de la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION Y FINANZAS, de la DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS y de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS.

Que el artículo 1° del Decreto N° 223 de fecha 19 de enero de 2016, sustituyó la denominación del MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE por la de MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE.

Que resulta procedente aprobar la estructura organizativa de primer nivel operativo del mencionado Ministerio.

Que, asimismo, corresponde incorporar, homologar, reasignar y derogar diversas unidades pertenecientes al MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la Jurisdicción.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y la SECRETARÍA DE HACIENDA, dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 16, inciso 29 del Título V, de la Ley de Ministerios (t.o. Decreto N° 438/02) y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE

DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1°

Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, de acuerdo con el Organigrama y Responsabilidad Primaria y Acciones que, como Anexos I, y II respectivamente, forman parte integrante de la presente medida.

Art. 2°

Incorpóranse, homológanse, reasígnanse y deróganse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes al MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, según el detalle obrante en Planillas Anexas al presente artículo, que forman parte integrante de la presente medida.

Art. 3°

Facúltase al titular del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE a aprobar, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, la estructura organizativa de nivel inferior a la aprobada por la presente medida, la que deberá prever un máximo de DIECISIETE (17) Direcciones, y DIECISÉIS (16) Coordinaciones, UNA (1) Auditoría Adjunta, DOS (2) Supervisores de Auditoría y DOS (2) Responsables de Auditoría, las que a través de dicho acto serán incorporadas, ratificadas u homologadas, según corresponda, en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la Jurisdicción, con Nivel II (Auditoría Adjunta), III (Dirección y Supervisor de Auditoría) y IV (Coordinación y Responsable de Auditoría), en los términos de lo establecido en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL homologado por el Decreto N° 2098/08, y modificatorios.

Art. 4°

Facúltase al titular del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a aprobar y/o modificar el Anexo de Dotación de la estructura que se aprueba por el presente acto, el cual deberá adecuarse a los cargos financiados de conformidad con la Ley de Presupuesto vigente al momento de aprobación.

Art. 5°

Hasta tanto se aprueben las unidades de nivel inferior a las aprobadas por la presente medida conservarán su vigencia las existentes, con sus acciones, dotaciones, niveles, grados de revista y funciones ejecutivas previstas en el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

Art. 6°

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas presupuestarias específicas correspondientes a la Jurisdicción 81 - MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE.

Art. 7°

Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Marcos Peña. -- Sergio A. Bergman.

ANEXO I

ANEXO II

MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

DIRECCIÓN DE CEREMONIAL, PROTOCOLO, PRENSA Y DIFUSIÓN

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Proponer la estrategia y política comunicacional de la Jurisdicción y establecer sus mecanismos de comunicación.

Dirigir la ejecución de acciones de comunicación interna y externa, como así también la difusión de los programas y proyectos impulsados por el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE.

ACCIONES:

  1. Asistir en la elaboración y propuesta de la política comunicacional del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE.

  2. Coordinar, con las unidades organizativas y organismos dependientes del Ministerio, la respuesta comunicacional de la Jurisdicción ante demandas de la sociedad.

  3. Desarrollar e implementar mecanismos que favorezcan el establecimiento de vínculos institucionales entre el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE y todos los actores sociales relacionados con la temática.

  4. Coordinar la organización de los eventos, nacionales e internacionales, que se realicen dentro del ámbito del Ministerio.

  5. Coordinar y administrar la imagen institucional del sitio web oficial de la jurisdicción, redes sociales, así como de otros medios que puedan surgir en el futuro.

  6. Informar a la comunidad acerca de los objetivos, acciones y actividades del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE.

  7. Definir los lineamientos en el área de las tecnologías de la información y comunicación en los aspectos vinculados con la comunicación institucional de la Jurisdicción, en coordinación con las áreas competentes.

  8. Asistir en la correcta aplicación de las normas de protocolo y en lo concerniente a las reglas del ceremonial oficial establecidas.

    MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

    DIRECCIÓN DE SISTEMAS INFORMÁTICOS Y TECNOLOGÍAS

    RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

    Realizar la implementación y seguimiento de las políticas relativas a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en el ámbito del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, incluyendo la informática, las telecomunicaciones, la telefonía, las redes, los sistemas de información y las tecnologías asociadas, fijadas por la Jurisdicción.

    ACCIONES:

  9. Analizar, diseñar y documentar las especificaciones y protocolos aplicables a todo desarrollo de aplicaciones informáticas (software), en correspondencia con el Plan de Tecnologías de la Información y la Comunicación (Plan-TIC) de la Jurisdicción.

  10. Analizar y proponer modos de interoperabilidad de aplicaciones sobre la base del intercambio de datos bajo protocolos estandarizados en el ámbito de su competencia.

  11. Analizar, diseñar y documentar las necesidades funcionales de las aplicaciones a desarrollar, en correspondencia con el Plan-TIC, y coordinar las acciones necesarias para su desarrollo, implementación, configuración y puesta en marcha, en el ámbito de su competencia.

  12. Implementar acciones de capacitación y entrenamiento para lograr un mejor aprovechamiento de las...

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