Decisión Administrativa 535/2008

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición25 de Noviembre de 2008

Danse por aprobadas contrataciones en la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.

Bs. As., 13/11/2008

VISTO el Expediente Nº 5962/08 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T), las Leyes Nros. 20.744 (t.o. 1976) y 24.557 y sus respectivas modificatorias, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y su modificatorio, las Resoluciones del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 637 de fecha 31 de julio de 1996 y sus modificatorios y de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) Nº 223 de fecha 14 de febrero de 2008, y CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 35 de la Ley Nº 24.557 se creó la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) como entidad autárquica en el ámbito de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que el artículo 36, apartado 1º, inciso e), de la Ley Nº 24.557 establece dentro de las funciones inherentes a la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, las de dictar su reglamento interno, administrar su patrimonio, determinar su estructura organizativa y su régimen interno de recursos humanos.

Que el artículo 38, apartado 3º, de la Ley Nº 24.557 estipula que las relaciones del personal con la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, se regirán por la legislación laboral común.

Que el artículo 1º de la Resolución Nº 637 de fecha 31 de julio de 1996 del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL dispone que las relaciones del personal que preste servicios en la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO se regirán por la legislación laboral vigente, Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que por el Decreto Nº 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y su modificatorio, se estableció que las contrataciones de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, serán aprobadas por el Jefe de Gabinete de Ministros o el Ministro o Secretario de la PRESIDENCIA DE LA NACION, según corresponda, dependiendo de la retribución u honorario mensual fijado en las mismas, y según sean estas nuevas contrataciones, renovaciones o prórrogas.

Que por Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO Nº 223 de fecha 14 de febrero de 2008 fueron aprobados los Lineamientos del Plan de Fortalecimiento Institucional, cuyo financiamiento será afrontado con Excedentes del Fondo de Garantía.

Que atento a ello, la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO ha solicitado a esta JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la aprobación de los contratos a plazo fijo en los términos del artículo 93 de la Ley Nº 20.744 de Contrato de Trabajo (t.o. 1976) y sus modificatorias, suscriptos 'ad referéndum' de la aprobación del Señor Jefe de Gabinete de Ministros, toda vez que el importe mensual de los mismos supera la suma de PESOS TRES MIL CIEN ($ 3.100).

Que las personas cuya contratación se propone, reúnen los requisitos de capacidad e idoneidad necesarios para cumplir las tareas que se indican.

Que el Departamento de Presupuesto y Contabilidad de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO indicó que el Excedente del Fondo de Garantía establecido por el artículo 33, inciso 4º, de la Ley Nº 24.557, cuenta con recursos suficientes para afrontar los gastos requeridos.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL y por el artículo 1° del Decreto Nº 577/03 y su modificatorio.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Danse por aprobadas las contrataciones a plazo fijo, en los términos del artículo 93 de la Ley Nº 20.744 de Contrato de Trabajo (t.o. 1976) y sus modificatorias, entre la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), entidad autárquica en jurisdicción de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y las personas cuyos datos de identidad se detallan en la planilla que, como Anexo, forma parte integrante de la presente decisión administrativa, conforme las condiciones, plazos y montos mensuales allí consignados.

Art. 2º

Los gastos que demande el cumplimiento de la presente decisión, se atenderán con cargo a los fondos provenientes de los Excedentes del Fondo de Garantía previsto en el artículo 33, apartado 4º, de la Ley Nº 24.557.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Sergio T. Massa. -- Carlos A. Tomada.

ANEXO Nuevas contrataciones (artículo 93 Ley de Contrato de Trabajo) Apellido y Nombre M.I. Nº Período de vigencia Categoría Monto Mensual Bruto Lugar de Prestación de Servicios PALAIA Martín Javier 23.464.202 03/04/2008 al 31/12/2008

Técnico Senior A1 $ 3.363 Secretaria Privada Superintendente Apellido y Nombre M.I. Nº Período de vigencia Categoría Monto Mensual Bruto Lugar de Prestación de Servicios ALVAREZ Eleonora 27.614.060 18/02/2008 al 31/12/2008

Profesional Junior A1 $ 3.500 Unidad de Planificación Estratégica y Gestión Interna PARISI Ana Maria del Rosario 16.865.115 18/02/2008 al 31/12/2008

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