Decisión Administrativa 314/2008

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición24 de Octubre de 2008

Que el artículo 38, apartado 3º de la Ley Nº 24.557 estipula que el personal dependiente de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, se encuentra alcanzado por la legislación laboral común.

Que el artículo 1º de la Resolución del entonces MINISTERIO DE TRABAJOY SEGURIDAD SOCIAL (M.T. y S.S.) Nº 637 de fecha 31 de julio de 1996, dispone que las relaciones del personal que preste servicios en la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, se regirán por la legislación laboral vigente - Ley Nº 20.744, sus normas complementarias y modificatorias.

Que el Decreto Nº 885 de fecha 10 de julio de 2007, homologó el acta acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional de fecha 22 de mayo de 2007, fijando en sus Anexos XII y XIII, las remuneraciones vigentes para el personal de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO.

Que por el Decreto Nº 577 de fecha 7 de agosto de 2003, modificado por el Decreto Nº 149 de fecha 22 de febrero de 2007, se estableció que las contrataciones de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, serán aprobadas por el Jefe de Gabinete de Ministros o el Ministro o Secretario de la PRESIDENCIA DE LA NACION, según corresponda, dependiendo de la retribución u honorario mensual fijado en las mismas y según sean éstas nuevas contrataciones, renovaciones o prórrogas.

Que atento a ello, la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO ha solicitado a esta JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la aprobación del contrato a plazo fijo suscripto en los términos del artículo 93 de la Ley Nº 20.744 de Contrato de Trabajo (t.o.

1976) y sus modificatorias 'ad referéndum' de la aprobación del Señor Jefe de Gabinete de Ministros, toda vez que el importe mensual del mismo supera la suma de PESOS TRES MIL CIEN ($ 3.100).

Que la persona cuya contratación se propone, reúne los requisitos de capacidad e idoneidad necesarios para cumplir las tareas del cargo.

Que por Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) Nº 224 de fecha 14 de febrero de 2008, se aprobó la nueva estructura orgánico funcional de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO.

Que por Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) Nº 228 de fecha 21 de febrero de 2008 se ha establecido que los gastos que origine el funcionamiento del Instituto de Estudios Estratégicos y Estadísticas, tanto de índole operativo y equipamiento, como los correspondientes al personal que se designe para su integración, serán financiados con el Excedente del Fondo de Garantía de la Ley Nº 24.557.

Que el Departamento de Presupuesto y Contabilidad de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO indicó que el Excedente del Fondo de Garantía establecido por el artículo 33 de la Ley Nº 24.557, cuenta con recursos suficientes para afrontar el gasto requerido.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y el artículo 1º del Decreto Nº 577/03 --y su modificatorio Decreto Nº 149 de fecha 22 de febrero de 2007--.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Dase por aprobada la contratación a plazo fijo, en los términos del artículo 93 de la Ley Nº 20.744 de Contrato de Trabajo (t.o. 1976) y sus modificatorias, entre la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), entidad autárquica en jurisdicción de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E. y S.S.), y la persona cuyos datos de identidad se detallan en la planilla que, como Anexo, forma parte integrante de la presente decisión, conforme las condiciones, plazo y monto mensual allí consignado.

Art. 2º

Los gastos que demande el cumplimiento de la presente decisión se atenderán con cargo a los fondos provenientes de los excedentes del Fondo de Garantía de la Ley Nº 24.557.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

-- Sergio T. Massa. -- Carlos A. Tomada.

ANEXO Nueva contratación (artículo 93 Ley de Contrato de Trabajo) Apellido y Nombre M.I. Nro.

Período de vigencia Categoría Monto Mensual Bruto Lugar de Prestación de Servicios JOFRE, Zulma Mónica 10.555.616 Desde el 28/03/08 al 31/12/08

Profesional Semi Senior A1 $ 6.861,00 Instituto de Estudios Estratégicos y Estadísticas MINISTERIO DE SALUD Decisión Administrativa 298/2008

Apruébase una contratación celebrada bajo el régimen de locación de servicios profesionales previsto en las normas de procedimiento del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo.

Bs. As., 15/10/2008

VISTO el Expediente N° 2002-7665/08-5 del registro del MINISTERIO DE SALUD y los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002; 601 de fecha 11 de abril de 2002 y 577 del 7 de agosto de 2003, y 149 del 22 de febrero de 2007, y CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones mencionadas en el VISTO tramita la propuesta de contratación de un profesional bajo el régimen de locación de servicios profesionales previsto en las normas de procedimientos del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) para proyectos cuyas actividades se llevan a cabo dentro del marco del convenio oportunamente suscripto por el gobierno de la República Argentina y el mencionado Programa, que fuera aprobado por la Ley N° 23.396.

Que la contratación propiciada prevé el desempeño de dicho profesional en el Proyecto PNUD ARG 00/010 denominado 'FORTALECIMIENTO Y APOYO A LA UNIDAD DE COORDINACION DE PROGRAMAS Y PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO', que se ejecuta en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD y cuya...

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