Decisión Administrativa 659/2012

Fecha de disposición08 Agosto 2012
Fecha de publicación14 Agosto 2012
SecciónDecisiones Administrativas

Bs. As., 8/8/2012

VISTO el Expediente Nº S01:0116421/2012 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, el Decreto Nº 168 de fecha 3 de febrero de 2012, la Decisión Administrativa Nº 175 de fecha 9 de abril de 2010, sus normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1.365 de fecha 1 de octubre de 2009, se creó el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Que por la Decisión Administrativa Nº 175/10, sus normas modificatorias y complementarias, se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, de la SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR y de la ex SECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES de la referida Jurisdicción Ministerial.

Que por el Decreto Nº 168/12 se sustituyó el Organigrama de Aplicación de la Administración Centralizada de dicho Ministerio, estableciéndose los objetivos de los niveles políticos del mismo, y se determinó un plazo de SESENTA (60) días para la elevación de la estructura organizativa.

Que en tal sentido, resulta menester aprobar y/o sustituir, según corresponda, la estructura organizativa del primer nivel operativo de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, de la SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR y de la SECRETARIA DE COORDINACION POLITICO - INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGROPECUARIA de dicho Ministerio.

Que asimismo, es necesario autorizar al titular del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA a incorporar TREINTA Y NUEVE (39) cargos de conducción para la aprobación de unidades de nivel inferior al primer nivel operativo en el ámbito de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, de la SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR y de la SECRETARIA DE COORDINACION POLITICO - INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGROPECUARIA de la cartera ministerial mencionada.

Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 100, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, 16, inciso 12, de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorios y 7º del Decreto Nº 21 de fecha 10 de diciembre de 2007.

Por ello,

EL JEFE

DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1º

— Apruébanse las estructuras organizativas del primer nivel operativo de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y de la SECRETARIA DE COORDINACION POLITICO - INSTITUCIONAL Y EMERGENCIA AGROPECUARIA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, de conformidad con los Organigramas y Responsabilidad Primaria y Acciones, que como Anexos I, la, lb, lc, Id y le y II, forman parte integrante de la presente decisión administrativa, con excepción de la parte pertinente a la SUBSECRETARIA DE LECHERIA y a la SUBSECRETARIA DE PESCA Y ACUICULTURA de la Secretaría citada en primer término y a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION INSTITUCIONAL dependiente de la Secretaría mencionada en segundo lugar, las que mantendrán las estructuras organizativas del primer nivel operativo aprobadas por la Decisión Administrativa Nº 175 de fecha 9 de abril de 2010.

Art. 2º

— Sustitúyese del Anexo II, Responsabilidad Primaria y Acciones de la Decisión Administrativa Nº 175 de fecha 9 de abril de 2010, la parte correspondiente a la Dirección Nacional de Programas de Desarrollo Regional dependiente de la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO DE ECONOMIAS REGIONALES de la SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la que quedará redactada de conformidad con el detalle obrante en las planillas que, con idéntica denominación, forman parte integrante de la presente decisión administrativa.

Art. 3º

— Facúltase al titular del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, previa intervención de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a aprobar y/o modificar el Anexo de Dotación, correspondiente a la estructura organizativa de la Jurisdicción Ministerial, de conformidad con los respectivos presupuestos vigentes.

Art. 4º

— Facúltase al titular del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA a aprobar TREINTA Y NUEVE (39) cargos de conducción en el ámbito de las unidades cuyas estructuras organizativas se aprueban por el Artículo 1º de la presente medida.

Art. 5º

— El gasto que demande la aplicación de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Art. 6º

— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Juan M. Abal Medina. — Norberto G. Yauhar.

ANEXO I

ANEXO Ia

ANEXO Ib

ANEXO Ic

ANEXO Id

ANEXO Ie

ANEXO II

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

DIRECCION NACIONAL DE MATRICULACION Y FISCALIZACION

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Dirigir el control técnico - registral y de la operatoria comercial de las personas físicas y/o jurídicas que intervengan en el comercio y la industrialización de los productos agropecuarios a fin de asegurar el cumplimiento de la normativa vigente.

Administrar los distintos registros y los regímenes de información, de los operadores de la cadena comercial agropecuaria, proponiendo el otorgamiento, rehabilitación, denegatoria o baja de matrículas en los mismos.

Fiscalizar “in situ” a las personas físicas y/o jurídicas que intervengan en el comercio y en la industrialización de productos agropecuarios.

ACCIONES

  1. Verificar la correcta aplicación y cumplimiento de la normativa que rige la operatoria de las personas físicas y/o jurídicas que intervengan en el comercio y en la industrialización de productos agropecuarios.

  2. Diseñar, programar y coordinar las actividades vinculadas a los distintos registros, así como al tratamiento y/o comunicación de la información resultante de los mismos.

  3. Planificar y supervisar la ejecución de las operaciones registrales, capacitando a los operadores del sistema.

  4. Diseñar, proponer e implementar los sistemas de registro, tanto físicos como electrónicos.

  5. Coordinar la confección de instructivos y organizar los procedimientos que permitan realizar el registro de carácter obligatorio de los distintos operadores que intervienen en la comercialización de productos del sector agropecuario.

  6. Dirigir las fiscalizaciones necesarias para el otorgamiento, rehabilitación, denegatoria o baja de matrículas dispuestas en los planes de inspecciones aprobadas por el señor Secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca verificando el cumplimiento de los cronogramas correspondientes.

  7. Supervisar el análisis de la documentación necesaria para evaluar el cumplimiento de los requisitos exigidos para operar en la comercialización de los productos del sector agropecuario, como así también la actualización del registro de inscriptos activos, brindando información sobre los mismos al resto de las áreas y organismos competentes.

  8. Fiscalizar el cumplimiento de las normas de clasificación y tipificación del ganado y de la carne destinada al consumo y a la exportación, así como de todos los productos y subproductos de la ganadería.

  9. Organizar y coordinar con las distintas reparticiones del Estado, a nivel Nacional, Provincial y/o Municipal, la conformación de equipos de trabajo para la realización de actividades conjuntas que contribuyan al fortalecimiento de la fiscalización del sector.

  10. Coordinar con los distintos organismos de fiscalización, los procedimientos de transferencia, evaluación y flujo de la información que cada uno administra.

  11. Coordinar la ejecución de las actividades de su competencia, necesarias para la resolución de medidas cautelares, tales como la interdicción y/o el decomiso de la mercadería.

    MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

    SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

    SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA

    DIRECCION NACIONAL DE PRODUCCION AGRICOLA Y FORESTAL

    RESPONSABILIDAD PRIMARIA

    Entender en la elaboración, propuesta y ejecución de políticas nacionales de producción agrícola extensiva, intensiva y forestal.

    Entender en la promoción de estrategias tendientes a la adopción de tecnologías, prácticas de manejo integral de los recursos naturales y sistemas de producción compatibles con el desarrollo sustentable en lo económico, social y ambiental.

    Entender en la elaboración, propuesta y ejecución de políticas nacionales fitosanitarias en coordinación con los organismos competentes.

    ACCIONES

  12. Entender en la actualización de la situación productiva nacional de los sectores agrícolas, extensivos, intensivos y forestales, reconociendo las diferencias regionales de los mismos.

  13. Entender en la gestión y/o ejecución de políticas, planes, programas y recursos destinados a la producción agrícola extensiva, intensiva y forestal, procurando el adecuado equilibrio entre productividad, diversidad, sostenibilidad de los recursos naturales y distribución territorial.

  14. Entender en la gestión y/o ejecución de políticas tendientes al desarrollo, expansión y aumento de eficiencia de las distintas producciones que conforman el sector agrícola extensivo, intensivo y forestal.

  15. Coordinar con otras áreas competentes, planes y programas para el fortalecimiento de la competitividad de los sectores productivos de las cadenas agroalimentarias y agroindustriales, proponiendo aquellas medidas de carácter global o sectorial que permitan impulsar el desarrollo equilibrado y sostenible de las mismas.

  16. Asistir en la ejecución de las políticas relacionadas con la Biotecnología para uso agrícola y forestal.

  17. Entender en el desarrollo de las acciones vinculadas con...

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