Decision Administrativa 703/2007

Fecha de disposición12 Diciembre 2007
Fecha de publicación12 Diciembre 2007
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta31301

ANEXO II Modalidad de Contratación: BID (1588/OC-AR) Nombre del Proyecto: 0000000430 FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PRODUCTIVO Y DE GESTION FISCAL PROVINCIAL Código de Control: 0000005446

Listado de Contrataciones Nº Apellido Nombre FyR Tipo y Nº Doc. Honor. Dto. Tot. Tot. Desde Hasta Prog. Act. Dedic.

Mensual 682/04 Mensual Período 1 SANCHEZ ROSANAPATRICIA A1 DNI 17944837 3250.00 0.00 3250.00 16250.00 01/08/07 31/12/07 47 2 100% Cantidad de Contratos Listados: 1

Imputación Presupuestaria: 1 8 7 Proyecto 0 Fuente 22 Obra 0 Ubic. Geo. 2 Jurisdicción 50

Nombre del Proyecto: 0000000430 FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL PRODUCTIVO Y DE GESTION FISCAL Gasto Mensual Demandado por las Contrataciones Honorario Dto. 1184/01 y Suma Dto. 682/04

Mes Año Honorario Dto. 1184/01 Suma Dto. 682/04 Gasto Mensual AGOSTO 2007 3250.00 0.00 3250.00

SEPTIEMBRE 2007 3250.00 0.00 3250.00

OCTUBRE 2007 3250.00 0.00 3250.00

NOVIEMBRE 2007 3250.00 0.00 3250.00

DICIEMBRE 2007 3250.00 0.00 3250.00

Totales 16250.00 0.00 16250.00 MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS Decisión Administrativa 701/2007

Autorízase a los funcionarios con competencia para resolver el otorgamiento de la licencia anual ordinaria, a transferir al período comprendido entre el 1º de diciembre de 2007 y al 30 de noviembre de 2008, las licencias de tal carácter devengadas en los años 2004 y 2005 y aún no utilizadas por los agentes de sus respectivas áreas.

Bs. As., 7/12/2007

VISTO el Expediente Nº S01:0315051/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el Régimen de Licencias,

Justificaciones y Franquicias aprobado por Decreto Nº 3413 del 28 de diciembre de 1979 y sus modificaciones, y CONSIDERANDO:

Que el artículo 9º, inciso b) del mencionado régimen determina que, a los efectos del otorgamiento de la licencia anual ordinaria, se considerará el período comprendido entre el 1º de diciembre del año al que corresponda y el 30 de noviembre del año siguiente, lapso dentro del cual deberá usufructuarse la referida licencia.

Que por su parte, el inciso c) de dicho artículo 9º establece que la citada licencia sólo puede ser transferida, al período siguiente, por la autoridad facultada para acordarlo, cuando concurran circunstancias fundadas en razones de servicio, no pudiéndose, por esa causa, aplazar la concesión por más de UN (1) año.

Que en el ámbito del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se presenta la particular situación de que diversos agentes registran transferidas, al año 2007, la licencia anual ordinaria correspondiente a los años 2004 y 2005.

Que el normal desarrollo de las tareas de dicho organismo impide que la totalidad de los agentes puedan usufructuar dichas licencias antes del 30 de noviembre de 2007.

Que dada la situación descripta procede facultar a las autoridades competentes, en materia de otorgamiento de la licencia anual ordinaria, del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, para resolver la transferencia de las mismas.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIAY PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete, en virtud de lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 1142 del 26 de noviembre de 2003.

Que el presente acto se dicta en uso de las facultades emergentes del Artículo 100, inciso 1) de la CONSTITUCION NACIONAL y del Artículo 8º del Decreto Nº 909 de fecha 30 de junio de 1995.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Autorízase a los funcionarios del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,

INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS con competencia para resolver el otorgamiento de la licencia anual ordinaria, a transferir al período comprendido entre el 1º de diciembre de 2007 y el 30 de noviembre de 2008, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 9º, inciso c) del Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias aprobado por Decreto Nº 3413 del 28 de diciembre de 1979, y sus modificaciones, las mentadas licencias devengadas en los años 2004 y 2005 y aún no utilizadas por los agentes de sus respectivas áreas.

Art. 2º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Alberto A. Fernández. -- Julio M. De Vido.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decisión Administrativa 702/2007

Danse por aprobados contratos de locación de servicios celebrados por la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, bajo el régimen del Decreto Nº 1184/2001.

Bs. As., 7/12/2007

VISTO el Expediente Nº 3636/2007 del registro de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los Decretos Nº 1184 del 20 de septiembre de 2001 y Nº 577 del 7 de agosto de 2003, modificado por su similar Nº 149 del 22 de febrero de 2007, y CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación de los contratos suscriptos entre la titular de la SECRETARIADEAMBIENTEY DESARROLLO SUSTENTABLE de esta Jurisdicción y las personas nominadas en el Anexo I de la presente, bajo el régimen de locación de servicios del Decreto Nº 1184/01, cuyas prestaciones de servicios resultan indispensables para dar continuidad al cumplimiento de los diversos objetivos asignados a...

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