Decisión Administrativa 909/2011

Fecha de disposición15 Septiembre 2011
Fecha de publicación21 Septiembre 2011
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta32239

Bs. As., 15/9/2011

VISTO el Expediente Nº STN:0004848/2008 del Registro de la ex SECRETARIA DE TURISMO entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION, su agregado sin acumular el Expediente Nº STN:0001033/2010 del Registro de la entonces SECRETARIA DE TURISMO del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramitó la Licitación Pública Nº 03/08 denominada “Ejecución de una Planta de Separación y Transferencia en Puerto Iguazú para la Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos del Area del Parque Nacional Iguazú, MISIONES”, que fue aprobada por la Decisión Administrativa Nº 495 de fecha 27 de noviembre de 2009 en el marco del “Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos en Municipios Turísticos”, Modelo de Contrato de Préstamo BID 1868/OC-AR aprobado por el Decreto Nº 1524 de fecha 6 de noviembre de 2007.

Que por la citada Decisión Administrativa Nº 495/09 se adjudicó la obra a la firma AESA ASEO Y ECOLOGIA S.A. por la suma de PESOS OCHO MILLONES CIENTO VEINTE MIL UNO CON CUARENTA Y UN CENTAVOS ($ 8.120.001,41).

Que en la actualidad, por el expediente mencionado en el Visto tramita el Pedido de Adicionales de Obra correspondiente a trabajos de ampliación de obra no previstos en el proyecto de referencia, propiciándose en esta instancia su aprobación.

Que los citados trabajos están ligados al objeto licitatorio y resultan fundamentales para la funcionalidad de la obra principal.

Que la contratista AESA ASEO Y ECOLOGIA S.A. cotizó dichos trabajos adicionales en la suma de PESOS QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 595.445,59), Impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido, a precios básicos de la oferta original, cifra que representa el SIETE COMA TREINTA Y TRES POR CIENTO (7,33%) del monto total de obra contratada.

Que, además, en virtud de los trabajos adicionales y de las extraordinarias precipitaciones níveo-pluviales ocurridas, corresponde proceder a la ampliación del plazo de obra oportunamente fijado en CIENTO NOVENTA Y SIETE (197) días corridos.

Que tanto el monto del adicional propuesto por la Inspección de Obra como la ampliación del plazo propuesta cuentan con sendas no objeciones del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).

Que el presente procedimiento se ajusta a las normas establecidas en las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiados por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) que forma parte integrante como Anexo II del mencionado contrato de préstamo y a las previsiones contenidas en la Sección V. Condiciones Generales del Contrato, Punto 50 “Variaciones” del Documento Licitatorio correspondiente.

Que tramita, asimismo, la redeterminación de precios de la obra citada en el primer considerando, a solicitud de la...

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