Decisión Administrativa 888/2011

Fecha de disposición06 Septiembre 2011
Fecha de publicación13 Septiembre 2011
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta32233

Bs. As., 6/9/2011

VISTO el Expediente Nº S01:0378392/2010 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Ley Nº 26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10, el Decreto Nº 764 de fecha 3 de setiembre de 2000 y la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 7 de enero de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de la distribución dispuesta en el Artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 7 de enero de 2011, se hace menester incorporar recursos y modificar los créditos vigentes del Presupuesto en la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, Servicio Administrativo Financiero 357, en los siguientes Programas: 30 - “Definición de Políticas de Comercio Interior”; 31 - “Defensa de la Libre Competencia” y 35 - “Defensa del Consumidor”, todos dependientes de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, con el fin de atender compromisos contraídos oportunamente por el ESTADO NACIONAL.

Que la mencionada modificación se efectúa mediante la incorporación de recursos en el marco del mecanismo establecido en el Decreto Nº 764 de fecha 3 de setiembre de 2000 que son transferidos por el Organismo Descentralizado 115 - COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, Servicio Administrativo Financiero 115, de la Jurisdicción 56 - MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS al Servicio Administrativo Financiero 357, de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que asimismo, resulta necesario modificar la distribución del presupuesto vigente para el Programa 35 - “Defensa del Consumidor” en lo atinente a las partidas financiadas con Recursos con Afectación Específica, incrementando los gastos corrientes y reduciendo, por la misma cuantía, los gastos de capital.

Que la presente medida se encuentra amparada en las facultades...

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