Decisión Administrativa 1152/2010

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición28 de Febrero de 2011

Lunes 28 de febrero de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.101 9

Art. 2

'º — AutorÃzase la contratación que se aprueba por el artÃculo 1'º de la presente decisión administrativa, como excepción a lo establecido en el artÃculo 7'º del Anexo I del Decreto N'º 2345/08.

Art. 3

'º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional N'º 26.546.

Art. 4

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archÃvese. — AnÃbal D. Fernández. — AnÃbal F. Randao.

% 9 % % 9 % JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decisión Administrativa 1151/2010

AutorÃzase a los funcionarios con competencia para resolver el otorgamiento de licencias anuales ordinarias a transferir las aún no utilizadas por los agentes de sus respectivas áreas.

Bs. As., 30/12/2010

VISTO el expediente CUDAP N'º 0064298/2010 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Régimen de Licencias,

Justificaciones y Franquicias aprobado por Decreto N'º 3413 del 28 de diciembre de 1979 y sus modificatorios, y CONSIDERANDO:

Que el artÃculo 9'º, inciso b) del Anexo l del mencionado régimen determina que procede considerar para el otorgamiento de la licencia anual ordinaria, el perÃodo comprendido entre el 1'º de diciembre del año al que corresponde y el 30 de noviembre del año siguiente, debiendo usufructuarse esa licencia dentro de dicho lapso.

Que, a su vez, el inciso c) de dicho artÃculo 9'º establece que el referido beneficio sólo puede ser transferido al año siguiente por la autoridad facultada para acordarlo cuando concurran circunstancias fundadas en razones de servicios, no pudiendo aplazarse por más de un año.

Que en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se presenta la particular situación que diversos agentes registran transferidas para el año en curso sus licencias anuales ordinarias correspondientes a los años 2007 y 2008.

Que las funciones que cumple el personal de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS están estrechamente ligadas con el relevante accionar de origen constitucional que tiene asignado el titular de la Jurisdicción, razón por la cual no debe ser afectado por la obligación que los agentes aludidos hagan uso de las licencias antes del 30 de noviembre de...

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