Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - SALA E, 4 de Septiembre de 2014, expediente CIV 095219/2006

Fecha de Resolución 4 de Septiembre de 2014
EmisorSALA E

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA E “D. G. J. C/ TRENES DE BUENOS AIRES S.A. (TBA) S/ DAÑOS Y PERJUICIOS”

Buenos Aires, Capital de la República Argentina, a los 4 días del mes de septiembre de dos mil catorce, reunidos en Acuerdo los señores jueces de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, S. “E”, para conocer en los recursos interpuestos en los autos caratulados “D. G. J. C/ TRENES DE BUENOS AIRES S.A. (TBA) S/ DAÑOS Y PERJUICIOS” respecto de la sentencia corriente a fs. 294/297 el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

La sentencia apelada ¿es arreglada a derecho?

Practicado el sorteo, resultó que la votación debía efectuarse en el siguiente orden: señores jueces de Cámara Dres. R., C. y D.:

J.D.G. promovió, por sí y en representación de sus hijos menores, L.L.D. y

V.L.D., demanda por indemnización de los daños y perjuicios sufridos por la muerte del cónyuge y padre de los demandantes N.L.M. que ocurrió el 6 de marzo de 2004 a las 19.50 hs. cuando fue atropellado por una formación de Trenes de Buenos Aires S.A. Señaló en la demanda que en momentos en que el nombrado y otras tres personas se encontraban comprando boletos, desapareció en forma intempestiva, resultando arrollado por una formación férrea debido a su falta de vigilancia agregando que el grado de alcoholemia que presentaba la víctima no impide la responsabilidad que se le imputaba a la demandada.

Fecha de firma: 04/09/2014 Firmado por: DR.RACIMO-DR.DUPUIS-DR.CALATAYUD Firmado por: MARIO PEDRO CALATAYUD, JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.C.G.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.M.R., JUEZ DE CAMARA La jueza de primera instancia realizó un examen detallado de las pruebas producidas que puede resumirse en los siguientes términos:

  1. El perito ingeniero en vías de comunicación R.C.O.

    constató que en la fotografía tomada del video se observa a una persona que ha caído a la vía y que intenta salir no pudiendo logar su cometido atropellándolo el tren, quedando atrapado entre el tren y el andén (ver fs.

    161).

  2. El testigo R.M.Q. -cuñado del hermano de la víctima-

    declaró en la causa penal n° 3978/2004 que tramitó ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n° 10, S. n° 20 que se encontraba con L.M. en la estación de trenes de Liniers, dejando constancia que en esos momentos estaban ambos acompañados por su concubina y la sobrina de N. que es menor de edad. Relató el deponente que no se alejaba de L.M. debido a que se encontraba un tanto mareado por...

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