D. 390/13. Asignaciones familiares. Prestación por desempleo. Suplementos Zonas afectadas por inundaciones

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D. 390/13. Asignaciones familiares. Pres-
tación por desempleo. Suplementos.
Zonas afectadas por inundaciones
(B.O. 11-4-13)
Considerando:
Que las fuertes tormentas ocurridas los
días 1º y 2 de abril de 2013 han tenido como
consecuencia las inundaciones acaecidas en
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en di-
versas localidades del Conurbano Bonaerense
y en la Ciudad de La Plata, Provincia de
Buenos Aires, generando todo tipo de daños
considerados de gravedad y el fallecimiento
de numerosas personas.
Que tal situación está produciendo impac-
tos negativos de diversas características en
el tejido social y en la estructura económica
productiva de la zona, pudiéndose agravar
dicha situación por las consecuencias de la
inundación y las condiciones meteorológicas
que imperen en la región.
Que el Estado Nacional ha decidido, a tra-
vés de distintas herramientas, implementar
acciones con el f‌in de morigerar las consecuen-
cias perjudiciales provocadas por el fenómeno
mencionado.
Que, en tal sentido, resulta necesario
coadyuvar a los esfuerzos que la población
afectada está realizando, adoptando me-
didas inmediatas tendientes a brindar la
protección social necesaria que impacte en
forma directa en los titulares de derecho
de la seguridad social que, como grupos
socialmente más vulnerables, pueden verse
especialmente perjudicados por el fenómeno
en cuestión.
Que dentro de las prestaciones que actual-
mente otorga la seguridad social se encuentra
el régimen de asignaciones familiares, instituido
con alcance nacional y obligatorio a través de la
ley Nº 24.714 y sus modif‌icatorias.
Que dicha norma abarca a los trabajadores
que prestan servicios remunerados en relación
de dependencia, cualquiera sea la modalidad
de contratación laboral y a los titulares de de-
argentino como de regímenes de pensiones no
contributivas por invalidez y de la prestación
por desempleo.
Que, en el régimen establecido por la ley
citada se encuentran previstas, entre otras, la
asignación por hijo, por hijo con discapacidad
y prenatal.
Que, asimismo, mediante el decreto Nº
asignación universal por hijo para protección
social que incluye a los grupos familiares que
se encuentren desocupados o que se desem-
peñen en la economía informal y que reviste
de una indudable relevancia en cuanto a su
significado para los sectores más posterga-
dos, brindando apoyo y asistencia para las
familias.
DECRETOS

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