Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala 5, 21 de Octubre de 2013, expediente 50965/2011

Fecha de Resolución21 de Octubre de 2013
EmisorSala 5

Poder Judicial de la Nación -1-

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Expte. Nº 50965/11

SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 30280 SALA V AUTOS: "CORDO-

BA, W.G.C./ LA CAMIONERA MENDOCINA S.R.L. S/ DESPIDO”

(JUZGADO Nº 55)

Buenos Aires, 21 de octubre de 2013.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Que en atención a los términos en que las partes han arribado a la solución conciliatoria de la que informan el escrito de fs.471/vta. , ratificado con la comparecencia personal del actor, W.G.C. a fs.473 y teniendo en cuenta las respectivas situaciones jurídico- procesales, se considera que mediante aquélla se ha alcanzado una justa composición de los derechos e intereses de los litigantes en los términos del art. 15 L.C.T.

Que, en tales condiciones, corresponde prestarle homologación judicial (conf.

arts. 69 L.O. y 309 C.P.C.C.N.), y declarar las costas del juicio a cargo de la demandada,

en los términos que surgen del acuerdo. Que asimismo, procede eximir del pago de tasa de justicia a la demandada, dada la forma de resolverse el litigio (conf. art. 42 del ritual laboral).

Que debe tenerse presente lo convenido respecto de los honorarios de la representación letrada del actor.

Por ello, el TRIBUNAL

RESUELVE:

  1. ) Homologar el acuerdo conciliatorio de fs. 471/vta. y ratificación de fs. 473. 2º) Imponer las costas del juicio en ambas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR