Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 14 de Marzo de 2012, expediente C 110321 S

PonenteDe Lazzari
Presidentede Lázzari-Genoud-Kogan-Negri
Fecha de Resolución14 de Marzo de 2012
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 14 de marzo de 2012, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores de Lázzari, G., K., N., se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa C. 110.321, "Cooperativa de Crédito S.L.O.G.A. Limitada contra K., M.J. y otra. Ejecución hipotecaria".

A N T E C E D E N T E S

La Sala I de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de M. confirmó la sentencia de primera instancia que había rechazado el planteo de inconstitucionalidad efectuado por la actora, la excepción de quita y espera interpuesta por la demandada, admitido la defensa de pago parcial y ordenado llevar adelante la ejecución.

Se interpuso, por los demandados, recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley.

Dictada la providencia de autos, y encontrándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte resolvió plantear y votar la siguiente

C U E S T I Ó N

¿Ha sido bien concedido el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley?

V O T A C I Ó N

A la cuestión planteada, el señor Juez doctor de L. dijo:

  1. 1. Cooperativa de Crédito S.L.O.G.A. Limitada promovió ejecución hipotecaria contra los demandados M.J.K., F.K. y A.M.K., reclamando la suma de U$S 809.210 con más intereses punitorios y compensatorios en razón del mutuo suscripto con garantía real. En el mismo escrito planteó la inconstitucionalidad de la ley 25.561 y de los decretos 214/2002 y 320/2002 (fs. 164/176).

    Intimados de pago los demandados se presentaron oponiendo, en sendos escritos, las excepciones de pago parcial quita y espera y repelieron, además, la tacha a las normas de emergencia pública esgrimida por la actora (fs. 214/224 y 225/231; 264/271 y 272/276; 279/289 y 290/294).

    Corrido el traslado de las defensas opuestas y contestadas por la parte accionante, se dictó sentencia rechazando la solicitud de inconstitucionalidad, las excepciones de quita y espera pero haciendo lugar a la excepción de pago parcial, por lo que se mandó llevar adelante la ejecución por una suma menor a la reclamada, a la que debía aplicarse el Coeficiente de Estabilización de Referencia con más los intereses punitorios y compensatorios aplicables desde la fecha de la mora (10 de marzo de 2002) con límite en el monto que hubiera correspondido en caso de cobrar en dólares más 2% anual (fs. 348/353).

    ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR