Convenio N° 30/GCABA/01

FirmantesIbarra
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición23 de Julio de 2001

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

CONVENIO N° 30/ GCABA/ 01

CONVENIO DE COLABORACIÓN CON LA ASOCIACIÓN ARGENTINA DE ACTORES PARA REALIZAR ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES.

Buenos Aires, 23/07/2001

CONVENIO N° 30

CONVENIO DE COLABORACION CON LA ASOCIACION ARGENTINA DE ACTORES PARA REALIZAR ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES

Entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado en este Acto por el Sr. Jefe de Gobierno, Dr. Aníbal Ibarra, con domicilio legal en Avenida de Mayo 525, de esta Ciudad, en adelante el GOBIERNO, y la Asociación Argentina de Actores, representada en este acto por los Sres. Miranda, Osvaldo y Ferrigno, Oscar con domicilio legal en Alsina 1762, en adelante la ASOCIACION, acuerdan en celebrar el presente Convenio de colaboración, el que estará sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: El objeto del presente Convenio se encuentra constituido por la realización de acciones conjuntas destinadas a desarrollar actividades culturales, sociales y recreativas con el fin de concientizar a la población, sobre los derechos concernientes a las personas Adultas Mayores.

SEGUNDA: A los efectos de cumplir con el objeto mencionado en el artículo precedente, se creará una Comisión de Enlace con representantes designados por las partes integrantes del mismo para la concreción de dicha finalidad.

TERCERA: La Comisión de Enlace tendrá entre las principales funciones a su cargo:

1) La realización de eventos y la programación de actos culturales y sociales.

2) El diseño y programación de cursos de actuación en los Hogares de Día y organizar seminarios para el intercambio de conocimientos y cursos de capacitación y formación que incidan directamente en las políticas sociales y su gerenciamiento.

3) La recabación de las inquietudes que se susciten en el marco del presente Convenio, con el fin de realizar las acciones que sean menester a los efectos de arribar a prontas soluciones

4) Proporcionar la correspondiente información de las acciones realizadas, a las partes signatarias del presente Convenio, con una periodicidad no mayor a tres (3) meses.

CUARTA: El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de la Dirección General de la Tercera Edad brindara su apoyo a los miembros mayores de la ASOCIACION, de escasos recursos en el marco de los programas vigentes, los que consistirán en:

  1. Atención al Jubilado y/o Pensionado

  2. ...

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