Benito Pérez - Profesor emérito de la Universidad Nacional de La Plata
Seccion: Derecho colectivo del trabajo
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Id. vLex: VLEX-452621
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§ 126. Antecedentes. § 127. Convención colectiva de trabajo. Definición. § 128. Sujetos de la convención colectiva de trabajo. § 129. Naturaleza jurídica de la convención colectiva de trabajo. § 130. Requisitos formales para su validez. a) Homologación. b) Registro. c) Término de duración de la convención. § 131. La convención colectiva frente a la ley. § 132. Eficacia de la convención colectiva respecto de terceros. § 133. Responsabilidad por incumplimiento de la convención colectiva.
Convenciones Colectivas de Trabajo
§ 126. Antecedentes El desarrollo del fenómeno sindical en la época contemporánea ha llegado a adquirir una importancia universal, al incidir con su acción en los cambios de las estructuras jurídicas, económicas y sociales del Estado moderno1. Según Bessling, el hecho sindical se debe a la ruptura del equilibrio entre el Estado de hecho y el Estado de derecho. Y el derecho sindical se explica como el esfuerzo emprendido, bajo la presión sindical, para restablecer la armonía entre la técnica industrial y la técnica jurídica2. Y podemos decir que una de las manifestaciones de la expresión legal de esa armonía, la constituye la convención colectiva de trabajo. El advenimiento de los pactos o convenciones colectivas a la ordenación de las condiciones en que se prestaría el trabajo en la vida industrial, fue lento y graduado, habiéndose detectado por algún especialista de la materia, nada menos que tres estadios o períodos: el de simple compromiso moral o pacto "entre caballeros" (gentlemen agreement); el de norma de grupo; y finalmente el de norma de la profesión o industria. Pero preciso es reconocer que desde su principio, esta evolución llevaría implícita la obligatoriedad genérica que se lograría en el último período y que ella representó el paso más decisivo dado en el camino de la institucionalidad jurídica del sindicalismo3. Esta institución del moderno derecho del trabajo, que aparece en la realidad laboral contemporánea como una consecuencia de la transformación de la producción individual en producción en masa, se presenta con perfiles de derecho público, por su carácter normativo, por la índole de los intereses que afecta y por sus proyecciones de solidaridad gremial, hasta configurar una ley de carácter profesional. Como lo señala Gallart Folch, la silueta institucional del sindicato, tal como se va dibujando en la realidad social, rebasa el marco del derecho privado y por eso su reconocimiento jurídico integral representa la publicitación del fenómeno. El arbitra...
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