Consideraciones generales relativas a los Derechos de Autor

AutorMaría Susana Tabieres - Mauro Fernando Leturia
Cargo del AutorDra. en Ciencias Jurídicas y Sociales por la Universidad Nacional de La Plata, Abogada y Licenciada especialista en Integración Económica - Profesor e investigador de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata
Páginas73-82
Derechos de Propiedad Intelectual
72 73
PARTE ESPECIAL
Unidad III
Consideraciones generales relativas a los De-
rechos de Autor
suMario: 1-Introducción a los Derechos Intelectuales.- 2-Derechos
de autor. a-La “obra”. b-El “autor”.
1. Introducción a los Derechos Intelectuales.
Los cambios que en la temática de la Propiedad Intelectual
se han generado en los últimos años con una dinámica cre-
ciente mostrando una rápida aceleración, hacen que se deba
profundizar su estudio, además de proponer alternativas de
mejoras a dicho ordenamiento jurídico.
Reiteramos que desde una perspectiva terminológica pre-
ferimos referirnos o utilizar los términos “Propiedad Intelec-
tual” o “Derechos Intelectuales”, como sinónimos y conceptos
comprensivos del conjunto de normas y disposiciones que es-
tablecen derechos y obligaciones correspondientes a las obras
o creaciones del espíritu humano, que incluye los múltiples
supuestos o fenómenos que presentan entre ellos notorias di-
ferencias, por lo que sin desconocer que distintos autores y
ordenamientos jurídicos utilizan la terminología en una forma
distinta a la aquí planteada, sostenemos que dada la nali-
dad y los límites de este trabajo, se justica utilizarlos de esta
manera y reservar el concepto de “Derechos de Autor” para su
uso especíco, aunque en forma general dichos términos ha-
cen referencia a su titular -el autor- sin describir el contenido
de los derechos, por lo que su uso en otros contextos tampoco
resulta errado.
Sí, corresponde a esta altura tomar posición con respecto
a cierta discusión doctrinaria sobre la esencia jurídica de los
“Derechos Intelectuales”, que puede resumirse a dos posturas
encontradas. Por un lado los doctrinarios clásicos o de inclina-

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