Comunicación \. Ref.: Circular OPASI 2 - 507. OPRAC 1 - 855. LISOL 1 - 699. CREFI 2 - 91. Comunicaciones 'A' 5867, 5928 y 5997. Actualización de textos ordenados.

Fecha de disposición01 Diciembre 2016
Fecha de publicación01 Diciembre 2016
SecciónAvisos Oficiales

Comunicación "A" 6091/2016

Ref.: Circular OPASI 2 - 507. OPRAC 1 - 855. LISOL 1 - 699. CREFI 2 - 91. Comunicaciones "A" 5867, 5928 y 5997. Actualización de textos ordenados.

02/11/2016

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds. para hacerles llegar en anexo las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en los textos ordenados de las normas sobre "Depósitos e inversiones a plazo", "Fraccionamiento del riesgo crediticio", "Garantías", "Gestión crediticia", "Incumplimientos de capitales mínimos y relaciones técnicas. Criterios aplicables", "Posición global neta de moneda extranjera" y "Régimen para facilitar la privatización de bancos provinciales y municipales y las fusiones y absorciones", a los fines de su actualización atento a lo dispuesto por las resoluciones dadas a conocer a través de las Comunicaciones "A" 5867, 5928 y 5997.

Por último, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a "Sistemas Financiero y de Pagos - MARCO LEGAL Y NORMATIVO - Ordenamientos y resúmenes - Textos ordenados de normativa general", se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

MATÍAS A. GUTIÉRREZ GIRAULT, Gerente de Emisión de Normas. -- DARÍO C. STEFANELLI, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas.

ANEXO

2.5.5.1. Títulos públicos nacionales.

Los títulos indicados específicamente a estos efectos en el listado de volatilidades que publica mensualmente el Banco Central de la República Argentina, del mes anterior al que corresponda.

2.5.5.2. Títulos públicos extranjeros.

i) Series "Brady" emitidas por Brasil ("C Bond"; "Par", "Discount").

ii) Bonos emitidos por los tesoros de los gobiernos centrales de Alemania, Estados Unidos de América, Francia, Inglaterra e Italia.

2.5.5.3. Índices bursátiles.

i) Merval (Buenos Aires).

ii) Burcap (Buenos Aires).

iii) Dow Jones (Nueva York).

iv) Standard & Poor\u2019s (Nueva York).

v) Bovespa (San Pablo).

vi) Ipsa (Santiago de Chile).

vii) FTSE (Londres).

viii) CAC (París).

ix) DAX (Francfort).

x) Nikkei (Tokio).

xi) MEXBOL (México).

xii) Dow Jones Euro 50 (STOXX 50).

xiii) Dow Jones Euro (STOXX).

xiv) Nasdaq (Nueva York).

xv) FTSE Eurotop 100 (Londres).

xvi) IBEX 35 (Madrid).

Versión: 5a. COMUNICACIÓN "A" 6091 Vigencia: 3/11/2016 Página 7

En los casos de préstamos de títulos valores, se aplicará a ese fin la cotización de la correspondiente especie al cierre del día de otorgamiento de la financiación.

4.2. Títulos públicos con volatilidad publicada.

Entre las financiaciones imputables al sector público no financiero del país, los títulos públicos que cuentan con volatilidad publicada por el Banco Central de la República Argentina para el correspondiente mes, aun cuando se encuentren registrados contablemente por valor de costo más rendimiento, quedarán sujetos a la modalidad específica de cómputo que se indica a continuación.

Se computarán por su posición neta conjunta, resultante de la suma algebraica de los siguientes activos y pasivos (los signos se exponen entre paréntesis):

tenencias (+)

compras al contado a liquidar y a término (vinculadas o no a pases) (+)

diferencias de valuación por compras a término por pases de tenencias valuadas por valor de costo más rendimiento (+)

ventas al contado a liquidar y a término (vinculadas o no a pases) (-)

préstamos (+) depósitos (-)

obligaciones interfinancieras (-)

Las ventas al contado a liquidar y a término (vinculadas o no a pases) y los depósitos son computables hasta el importe de los activos registrados contablemente por valor de mercado, por lo que el eventual excedente no puede afectar la posición neta de los títulos públicos valuados según otros criterios.

No son computables las ventas al contado a liquidar y a término (no vinculadas a pases) concertadas con bancos del exterior que sean la casa matriz o el controlante de la entidad local, o sus sucursales y subsidiarias, o controlados por la entidad local, o con otras personas físicas o jurídicas vinculadas, así como con sucursales en el exterior de la entidad local.

En consecuencia, sólo podrán realizarse nuevas operaciones con los títulos públicos indicados si al computar diariamente la posición neta antedicha no se superan los límites máximos correspondientes o, en su caso, no se incrementan los excesos admitidos.

Versión: 2a. COMUNICACIÓN "A" 6091 Vigencia: 3/11/2016 Página 2

VaR de opciones de compra o venta:

4.3.2.2. De operaciones a término ("forwards") y futuros de BADLAR (bancos privados), otras tasas publicadas por el Banco Central de la República Argentina, LIBOR y CER:

donde

A: ponderador que depende de la volatilidad diaria del indicador de referencia, según la siguiente tabla:

Deberán corresponder a un período de 30 días, como mínimo.

T1: período de espera, en días hábiles.

Versión: 2a. COMUNICACIÓN "A" 6091 Vigencia: 3/11/2016 Página 5

En tal caso, las nuevas operaciones de financiamiento al sector público no financiero por efecto de las citadas disposiciones que podrán otorgarse, dentro de los 180 días siguientes a la fecha de suscripción de dichos instrumentos, no podrán superar el importe de los servicios de amortización de capital...

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