Comunicacion C 50.984

Fecha de la disposición21 de Julio de 2008
ARTICULO 2º

Intimar al Sr. Federico Alberto SARLO a presentar, ante este Organismo, los registros obligatorios debidamente actualizados, dentro del término de 10 (diez) días de notificada la presente, bajo apercibimiento de quedar --una vez agotada la sanción impuesta por el artículo anterior-- inhabilitado hasta tanto comparezca munido de los mismos en legal forma.

ARTICULO 3º

La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará razón de la medida dispuesta en los artículos anteriores, una vez firme.

ARTICULO 4º

Se deja constancia de que la presente resolución es recurrible en los términos del art. 83 de la Ley 20.091.

ARTICULO 5º

Regístrese, notifíquese conforme el artículo 41 Decreto 1759/72 al Productor Asesor de Seguros Sr. Federico Alberto SARLO en el domicilio sito en Lucio V. Mansilla 1926, Godoy Cruz, Pcia. de Mendoza, y publíquese en el Boletín Oficial.

Fdo.: MIGUEL BAELO, Superintendente de Seguros.

NOTA: La Versión completa de la presente RESOLUCION puede ser consultada en Julio A. Roca 721 Mesa de Entradas - Cap. Federal.

e. 21/07/2008 Nº 581.995 v. 21/07/2008 MINISTERIO DE SALUD SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS SUBSECRETARIA DE GESTION DE SERVICIOS ASISTENCIALES SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION Disposición Nº 1487/2008

Bs. As., 16/7/2008

VISTO el expediente Nº 1-2002-4300003304/08-6 del Registro de este SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION; y CONSIDERANDO:

Que por la mencionada actuación tramitó la Licitación Pública Nº 01/08, llevada a cabo con el objeto de efectuar la concesión de uso y explotación del buffet, bar y kiosco que funciona en la sede del Pabellón 'A' de este SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION, por el término de TRES (3) años, con el uso de la opción de prórroga a favor del Organismo por UN (1) año más.

Que el procedimiento y los pliegos fueron autorizados mediante Disposición Nº 1073 de fecha 23 de mayo de 2008 (fs. 26 a 28), en cumplimiento de lo establecido en el artículo 11, apartados a) y b) del Decreto Nº 1023/01 y modificatorios.

Que se dio cumplimiento al Artículo 32 del Decreto Nº 1023/01 y modificatorios, en lo atinente a la difusión de la convocatoria en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (fs.94 a 95).

Que se ha dado difusión, mediante la publicación por DOS (2) días, en el Boletín Oficial de la República Argentina, acorde a lo dispuesto en el Artículo y Decreto mencionados ut supra.

Que se cursaron invitaciones a la Cámara que nuclea a las empresas del ramo (fs. 96 a 98) y a empresas dedicadas a la actividad comercial referida (fs. 99 a 108 y 111 a 112), de acuerdo a lo fijado en el Artículo 14, apartado b) del Decreto Nº 436/00.

Que se respetaron los días de antelación al acto de apertura, determinados en el Artículo 32 del Decreto Nº 1023/01 y modificatorios.

Que la apertura se realizó en la fecha fijada, en acto público, de acuerdo con lo determinado en el Artículo 9 del Decreto Nº 1023/01 y modificatorios (fs. 116), en la que no se recibieron ofertas para la convocatoria efectuada.

Que corresponde declarar desierto el procedimiento de selección realizado.

Que se actúa en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 11, Apartado c) del Decreto Nº 1023/01 y modificatorios.

Que el Departamento de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros.703/95, 106/05, la Decisión Administrativa Nº 215/99 y la Resolución Nº 1193/06 del MINISTERIO DE SALUD.

Por ello,

LA DIRECTORA DEL SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION DISPONE:

ARTICULO 1º

Apruébase lo actuado en la Licitación Pública Nº 01/08, llevada a cabo con el objeto de efectuar la concesión de uso y explotación del buffet, bar y kiosco que funciona en la sede del Pabellón 'A' de este SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION, por el término de TRES (3) años, con el uso de la opción de prórroga a favor del Organismo por UN (1) año más.

ARTICULO 2º

Declárase desierto el procedimiento de selección mencionado en el Artículo precedente.

ARTICULO 3º

Regístrese, comuníquese a quienes corresponda; publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina; cumplido archívese. -- Dra. GRISEL OLIVERA ROULET, Directora,

Servicio Nacional de Rehabilitación.

e. 21/07/2008 Nº 582.033 v. 21/07/2008 BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA COMUNICACION 'C' 50984 - 12/06/2008 - Ref.: Comunicación 'A' 4809. Fe de erratas.

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds. con el objeto de subsanar errores formales producidos al emitirse la comunicación de referencia en los respectivos pies de página de la Sección 3. (páginas 6 a 9: numeración y versiones) y de la Sección 4. (página 13: fecha de vigencia) de las normas sobre 'Depósitos de ahorro, pago de remuneraciones y especiales'.

A esos efectos, se acompañan las hojas que corresponde reemplazar en el citado texto normativo.

Saludamos a Uds. muy atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA CARLOS A. ADDUCI, Subgerente de Bases Documentales Normativas. -- DARIO C. STEFANELLI, Gerente de Emisión de...

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