Comunicación 'a' 5.105/2010

EmisorBanco Central de la Republica Argentina
Fecha de la disposición10 de Septiembre de 2010

Viernes 10 de setiembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.984 59 “1. Incorporar en el CapÃtulo I, de la Circular CREFI - 2 (Comunicación “A” 2241), la siguiente Sección:

“Sección 7. Separación de funciones ejecutivas y de dirección.

La separación de funciones ejecutivas y de dirección deberá realizarse en función del grupo en el que resulte encuadrada la entidad financiera conforme a la clasificación prevista en el punto 7.1. y en orden a lo establecido en el punto 7.2.

7.1. Clasificación de las entidades.

7.1.1. Grupo A: integrado por aquellas entidades en las cuales el importe de sus depósitos es mayor o igual al 1% del total de los depósitos del sistema financiero. A efectos del cómputo se considerará el promedio de los últimos tres meses disponibles, conforme el régimen informativo vigente, anteriores a la fecha en la cual se realiza la medición.

Este indicador se considerará en forma individual, excepto para las entidades financieras controlantes sujetas a supervisión consolidada, en cuyo caso se computará sobre base consolidada mensual.

7.1.2. Grupo B: lo conforman aquellas entidades cuyos depósitos no superen el importe establecido para el Grupo A (punto 7.1.1.) y que, asimismo, no pertenezcan al Grupo C (punto 7.1.3.). Para las entidades comprendidas dentro de este grupo, la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias proporcionará al Comité de Evaluación de Idoneidad y Experiencia la información vinculada con los aspectos que se detallan a continuación, los cuales serán evaluados por dicho Comité al momento de considerar cada candidato propuesto por la entidad financiera.

7.1.2.1. CaracterÃsticas de la entidad financiera:

a) Importancia de las actividades de la entidad, medida conforme al indicador previsto en punto 7.1.1.

b) Calidad de la administración y de los controles internos de la entidad financiera según la valoración otorgada en oportunidad de la última inspección efectuada que cuente con calificación CAMELBIG, a través de los componentes que la conforman.

7.1.2.2. Antecedentes de la persona y del cargo, en función de la información que remita en la Fórmula de Antecedentes Personales. Aun en los casos en que la autoridad designada hubiera desempeñado cargos directivos o ejecutivos en la propia entidad, en otras entidades del sistema o en empresas que conformen grupo económico con la entidad financiera que efectúa la presentación, el Banco...

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