Resolución Comunal Nº 2272572/GCABA/COMUNA3/13

FirmantesEtchezuri
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorComuna 3
Fecha de la disposición 6 de Junio de 2013

VISTO:

La Ley N° 1.777 (BOCBA N°2.192), y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 1.777 se dictó la Ley Orgánica de Comunas de la Ciudad de

Buenos Aires;

Que la mencionada Ley en su Título 3 establece los órganos del Gobierno Comunal y

en su Capítulo 3, determinó las pautas para la organización de la Junta Comunal;

Que en el Capítulo citado, artículo 32 dispone las atribuciones de los miembros de la

Junta Comunal, entre ellas la obligación de crear las áreas de participación vecinal y

control comunal;

Que dicho artículo determina las funciones del área de participación vecinal: a.

Instrumentar las medidas que garanticen el funcionamiento del consejo consultivo

comunal; y b. Promover y desarrollar mecanismos de democracia participativa en el

ámbito de la comuna;

Que, en igual sentido, dicha norma establece como competencias del área de control

comunal: a. Instrumentar la organización del cuerpo de inspectores; y b. Instrumentar

la organización del comité de control de servicios con participación vecinal;

Que, resta mencionar que es obligación de los miembros de la Junta Comunal

designar a los responsables de las áreas en cuestión;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 1.777,

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA COMUNAL 3

RESUELVE:

Artículo 1° Créase el área de Participación Vecinal en el ámbito de la Junta Comunal

de la Comuna 3, la que tendrá las atribuciones establecidas en el artículo 32 de la Ley

N° 1.777.

Artículo 2° Desígnase a las integrante de las Junta Comunal 3 María de los Ángeles

Suárez, DNI N° 16.225.891 y Viviana Andrea Sobrino, DNI N° 23.463.054, como

responsables del área de Participación Vecinal.

Artículo 3° Créase el área de Control Comunal en el ámbito de la Junta Comunal de

la Comuna 3, la que tendrá las atribuciones establecidas en el artículo 32 de la Ley N°

1.777.

Artículo 4° El área de Control Comunal quedará bajo la responsabilidad del Suscripto.
Artículo 5°...

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