Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala I, 2 de Agosto de 2016, expediente CCF 001653/2015/CA001

Fecha de Resolución 2 de Agosto de 2016
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I CAUSA N° 1653/2015/CA1 – S.

  1. – CODELCO C/ TELECOM PERSONAL S.A. Y OTROS S/ EXHORTO.

Juzgado n° 1 Secretaría n° 2 Buenos Aires, 2 de agosto de 2016.

Y VISTO:

El conflicto negativo suscitado a raíz de las declaraciones de incompetencia decididas por los señores jueces en lo civil y comercial federal (fs. 42) y en lo contencioso administrativo federal (fs. 47); y que esta Cámara es llamada a resolver en razón de haber prevenido el juez de primera instancia de este fuero (art. 24, inc. 7°, del decreto 1285/58); y CONSIDERANDO:

  1. En primer término, es conveniente señalar que para determinar la competencia de los tribunales se debe atender de modo principal a la exposición de los hechos que el actor hace en su demanda, y después, y sólo en la medida en que se adecue a ellos, al derecho que invoca como fundamento de su pretensión (conf. art. 4, del Código Procesal; Corte Suprema de Justicia de la Nación, Fallos 303:1453; 306:328, 856, 948, 1056; 307:505, 774 y 871; esta S., causas 7.122 del 14-12- 93, 20.039 del 23-2- 95, 4.365 del 20.6.96, 2.041 del 3- 4-97, 2.324/98 del 22-10-98, 5.295/07 del 27.9.07, 12.290/07 del 27.3.08, 5.959/07 del 3.6.08, 13.178/06 del 24.6.08, 4.868/07 del 26.8.08, 5.967/08 del 28.8.08, 723/08 del 11.9.08, 882/08 del 30.9.08, 13.470/07 del 2.10.08, 10.899/07 del 7.10.08, 7.683/08 del 25.11.08, 2.055/08 del 23.12.08 y 3.295/08 del 10.2.09; entre otras).

    También se ha sostenido que, a tal fin, se debe indagar en la naturaleza de la pretensión, examinar su origen, así como la relación de derecho existente entre las partes (conf. CSJN, Fallos 321:2917, 322:617).

  2. En este orden de ideas, se debe destacar que la actora, Comité del Consumidor (CO.DEL.CO) promovió acción de amparo “en los términos y alcances del art. 43 de la C. N. en contra de las empresas titulares del servicio de Telefonía Móvil o Celular: TELECOM PERSONAL S.A. (Personal)…, TELEFÓNICAS MÓVILES DE ARGENTINA S.A. (Movistar)… y AMX DE ARGENTINA S.A. (Claro) … con el objeto de que sean condenadas a cumplir con la normativa de inversiones legalmente vigente respecto del Servicio de Telefonía Móvil o Celular de acuerdo a estándares de calidad necesarios e idóneos que garanticen una adecuada prestación, y el cumplimiento de las normas vigentes en la materia …” –cfr. fs. 14–. Todo ello, debido a la mala calidad del servicio de telefonía móvil en la provincia de Salta, como también en toda la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR