Ciudad y cabildo

AutorRoberto Dromi
Páginas125-184

    Este capítulo con pequeñas actualizaciones corresponde a los trabajos de María Laura San Martino sobre El Cabildo (Buenos Aires, Ciudad Argentina, 1996) y el "Estudio preliminar" al libro de Juan Agustín García (La ciudad indiana, Buenos Aires, Ciudad Argentina, 1991, pp. 9-31).


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1. Evolucin de las ciudades

La Ciudad es la comunidad o asociación de individuos, que desde su nacimiento ha importado una cierta forma de organización social1. Se la define como una importante agrupación de personas que trabajan en el comercio, los servicios y la industria. El terreno físico siempre tuvo papel primordial en la fundación de las ciudades: tierras fértiles, agua permanente, pastura para los animales, clima benigno, condicionaron la organización de las sociedades que cobijaban.

En general todos los asentamientos urbanos se desarrollaron a orillas de los ríos. Las primeras ciudades, ur y Babilonia, sobre las márgenes de los ríos tigris y Éufrates, tebas y Menfis en el nilo,Page 126 Harappa y Mohenjodaro en el valle del indo, o la Ciudad de tenochtitlán sobre la orilla del lago texoco.

El término Ciudad implica la estructura física o el espacio edificado que la delimita; es el escenario en que la vida urbana se desarrolla, pero también incluimos en su conceptualización a la forma de vida o al sistema de relaciones que adopta una determinada población urbana para desarrollar en común; esta acepción del concepto desde el punto de vista de lo humano era la otorgada a la "polis" por los griegos y a la "civitas" por los romanos2.

La historia de la Ciudad3, como formación social urbana, está indisolublemente unida a la del Municipio4, que pasó a ser la institución política y administrativa, que se consolidó como la formaPage 127 de gobierno urbano o local en Roma5, y se extendió a las ciudades conquistadas6, en un proceso de paulatina transformación de las estructuras políticas y diversa categoría según su organización y regulación.

Cabe señalar que, para asegurar su hegemonía, Roma otorgó la ciudadanía latina a los pueblos aliados (una ciudadanía que confería todos los derechos, menos el poder político), y a los dirigentes de las colonias latinas, les confería la ciudadanía romana (para ellos y sus descendientes, con los privilegios y cargas que ello implicaba). Con posterioridad a la caída del imperio Romano, la institución municipal se mantuvo durante largo tiempo7.

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La Ciudad tuvo un resurgimiento en la Europa de los siglos XI al XIII, constituyendo una característica de la Edad Media8, con nuevas funciones económicas y culturales, y otras formas de organización político-administrativa de la sociedad9, entre las que se destacan las ciudades-república italianas, como Florencia y Venecia.

La diversidad de regímenes políticos en las ciudades medievales posibilita la comprensión de algunos de los aspectos que caracterizan la organización de las ciudades de nuestros días. y a la par que va creciendo el comercio, va creciendo la Ciudad. Las comunicaciones, las transacciones comerciales, la economía, el derecho, las manifestaciones artísticas, las formas de vida de las ciudades conformaron modelos para los Estados-nación en la Edad Moderna y en ellas comenzó primero a desarrollarse y luego a consolidarse el sistema económico capitalista.

2. Fundacin de la ciudad indiana

España, dueña de un inmenso territorio en América, y más allá de su exploración y conquista, necesitaba atraer pobladores y conPage 129 ellos fundar ciudades10. La colonización estuvo signada desde el inicio de un carácter ciudadano, ya que el primer acto estaba constituido por la fundación de la Ciudad, lo que quedaba simbolizado en la erección del árbol o rollo de la justicia en la plaza mayor y la consiguiente constitución del Cabildo como órgano de la comunidad local11.

El descubrimiento, la colonización y la evangelización de los nuevos territorios que recibieron el nombre de indias, fue posible gracias a la organización administrativa que se trasladó desde la península a los espacios territoriales que se iban anexando a la Corona española: la institución municipal. Así el hábitat indiano fue esencialmente urbano, a partir de la fundación de las ciudades.

Se entiende por Ciudad indiana al modelo que siguieron los españoles en sus dominios de ultramar, en América, y que les sirvió por un lado, como un instrumento estratégico de su colonización y por el otro, como modo de ordenación de los territorios que ocupaban, pues su desarrollo fue esencialmente urbano. Estas ciudadesPage 130 se fundaron sobre la base de la tradición hispana en el gobierno y administración de los asuntos locales, que fue heredada de los romanos y a la que se sumó, en ciertos casos, la propia experiencia de los indígenas que poseían alguna forma de organización territorial bajo la jefatura de un cacique12.

Con el tiempo, las Leyes de indias regularon todo lo concerniente a la fundación de la Ciudad, contemplando los siguientes momentos: toma de posesión de las tierras en nombre del rey, elección del sitio, declaración de propósitos y finalidades, erección del rollo o picota, determinación de la jurisdicción territorial, planificación y trazado urbano, designación de los primeros miembros del Cabildo y reparto de tierras y solares13.

a Toma de posesin de las tierras y eleccin del sitio

"Procuren tener el agua cerca, y que se pueda conducir al pueblo y heredades, derivándola, si fuere posible, para mejor aprovecharse de ella, y los materiales necesarios para edificios, tierras de labor, cultura y pasto, con que escusarán el mucho trabajo y costas, que se siguen de la distancia. no elijan sitios para poblar en lugares muy altos, por la molestia de los vientos, y dificultad del servicio y acarreto, ni en lugares muy baxos, porque suelen ser enfermos, fundense en los medianamente levantados, que gozen descubiertos los vientos de el norte y Mediodia: y si huvieren de tener tierras, ó cuestas, sean por la parte de Levante y poniente: y si no se pudieren escusar de los lugares altos, funden en parte donde no estén sujetosPage 131 á nieblas, haziéndo observacion de lo que mas convenga á la salud, y accidentes, que le pueden ofrecer: y en caso de edificar á la ribera de algun Rio, dispongan la poblacion de forma, que saliendo el Sol, dé primero en el pueblo, que en el agua".

b Declaracin de propsitos y finalidades

"§ Ley ij. Que haviendo elegido sitio, el Governador declare si ha de ser Ciudad, Villa ó Lugar, y assi forme la Republica"14.

"Elegida La tierra, provincia y Lugar en que se ha de hazer nueva población y averiguada la comodidad y aprovechamientos, que pueda haver, el Governador en cuyo distrito estuviere ó confinare, declare el pueblo, que se ha de poblar, si ha de ser Ciudad, Villa, ó Lugar".

c Ereccin del rollo o picota y determinacin de la jurisdiccin territorial

"§ Ley vij. Que el territorio se divida entre el que hiziere la capitulacion, y los pobladores, como se ordena"15.

"El termino y territorio, que se diere á poblador por capitulacion, se reparta en la forma siguiente. Saquese primero lo que fuere menester para los solares del pueblo y exido competente, y dehesa en que puede pastar abundantemente el ganado, que han de tener los vezinos, y mas otro tanto para los propios del lugar: el resto de el territorio y termino se haga quatro partes: la vna de ellas, que escogiere, sea para el que está obligado á hazer el pueblo: y las otras tres se repartan en suertes iguales para los pobladores".

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d Planificacin y trazado urbano

"§ Ley ix. Que el sitio, tamaño, y disposicion de la plaça sea como se ordena"16.

La plaça mayor donde se ha de començar la poblacion, siendo en costa de Mar, se deve hazer al desembarcadero de el puerto, y si fuere lugar Mediterraneo, en medio de la poblacion: su forma en quadro prolongada, que por lo menos tenga de largo vna vez y media de su ancho, porque será mas á proposito para las fiestas de á cavallo, y otras: su grandeza proporcionada al número de vezinos, y teniendo consideracion á que las poblaciones pueden ir en aumento, no sea menos, que de docientos pies en ancho, y trecientos de largo, ni mayor de ochocientos pies de largo, y quinientos y treinta y dos de ancho, y quedará de mediana, y buena proporcion, si fuere de seiscientos pies de largo, y quatrocientos de ancho: de la plaça salgan quatro calles principales, vna por medio de cada costado: y demas destas, dos por cada...

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