Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - Sala III, 10 de Octubre de 2013, expediente FLP 000495/2013

Fecha de Resolución10 de Octubre de 2013
EmisorSala III

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III

FLP 495/2013/CA1

Plata, de de 2013.

VISTO: Este expte. nro. 495/2013,

C., L.A.J.. U.,

S.D.. G., J.J.. O.,

M.E.. C., M.A..

V., L.O.. G., W.A. s/ Inf. art. 170 C.P.

, procedente del Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 2 de Lomas de Z. y CONSIDERANDO QUE:

I.A..

1. C.C.S. relató que el día 10 de febrero de 2012, a las 4 y 15 de la madrugada, llegó a su domicilio a bordo de su automóvil Peugeot 207, dominio MEQ 394 y observó

la presencia de dos rodados que frenan detrás del suyo. Inmediatamente dos hombres armados la obligaron a pasarse al asiento del acompañante y uno de ellos tomó el mando del automotor,

emprendiendo la marcha (fs. 24/26).

De su relato surge que tocó la bocina del auto y su madre, detrás de una ventana, observó lo sucedido.

Luego de un trayecto, la cambiaron a un automóvil V.F. color verde, de dos puertas y vidrios polarizados, subiéndola a la parte de atrás. Esta vez, al conductor se le sumó

otro hombre. La víctima siguió contando que escuchó cuando sus captores pidieron el pago de un rescate a cambio de su libertad y que la entrega debía hacerse en la intersección de las calles Pasco y Salta, en Temperley. Luego su teléfono celular se quedó sin batería, ante lo que manifestaron “vamos a la casa de la pileta” y la hicieron agachar. Sin embargo, se detuvieron en un lugar, cambiaron su chip a otro teléfono y reemprendieron la marcha.

S. recordó que, además de comunicarse con su familia, los secuestradores se comunicaban con otro sujeto, vía N..

Después de 15 0 20 minutos, otro hombre ingresó al rodado y, al tiempo, una cuarta persona lo hizo.

También pudo escuchar todo el procedimiento de pago del rescate, luego de lo cual la liberaron.

C.S. describió al conductor de los vehículos como un varón de aproximadamente 30

años, de contextura física de normal a robusta,

cabellos cortos oscuros, tez trigueña, 1,75 m de altura, quien llevaba lentes de lectura, vestía una remera azul de cuello redondo y pantalones de jean. La segunda persona tenía entre 28 y 30 años,

delgado, de tez blanca, de cabellos castaño claro,

1,70 m de estatura, quien vestía una remera clara,

pantalón de jean y gorra azul con visera. A esta persona la llamaban “Rancho” y tenía una letra “S”

tatuada en su mano izquierda en la cual llevaba un reloj dorado. El tercer hombre era morocho, con pelo enrulado y del cuarto, sólo pudo decir que vestía una camisa azul y blanca a cuadros.

Respecto de los nombres o apodos que pudo escuchar, dijo que se refirieron a un tercero con el mote de “Maxi”. También la damnificada dijo que sus captores tendrían una radio donde podían escuchar la frecuencia policial, pues le preguntaron donde vivía para escuchar si su familia había avisado a la policía o no.

De sus pertenencias le fueron sustraídos 300 pesos; una cartera color suela que tenía en su interior las llaves de su domicilio, las cuales Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III

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estaban en un llavero en forma de pez, de la marca B. y un teléfono marca Samsung, modelo G.P., de color negro perteneciente a la empresa Punto Baires en la cual trabaja.

2. O.S.S., padre de la víctima, relató que se encontraba en su domicilio durmiendo, cuando escucho la bocina de un auto. Su esposa se levantó, miró por la ventana y vio que su hija estaba en el automóvil con una persona desconocida y se desplazó hacia la avenida Almirante Brown. Instantes después recibió un llamado de su hija quien le dijo que estaba bien y que pronto volvería. En un segundo llamado, su hija le pasó el teléfono a uno de los secuestradores, quien le informó que tenían a su hija y que querían dinero a cambio de su liberación (fs. 28/29 y vta.).

Las siguientes llamadas se efectuaron al teléfono celular de su esposa y en ellas convinieron la entrega de 1.750 dólares, de los cuales anotó los números. Paralelamente se comunicó con la policía y denunció el hecho, para el momento en que se hizo efectivo el pago del rescate, personal policial ya se encontraba en su domicilio y procedieron a tomar fotografías de los billetes.

A los fines de cumplir con la entrega,

tomó un remís y se dirigió al lugar acordado. En el trayecto recibió un llamado de los secuestradores para saber dónde estaba y, cuando llegó a la intersección de Pasco y Salta recibió

otro llamado ordenándole que siga hasta J.Á. y doble a la izquierda. Esta indicación lo llevó a salir por la calle Las Casuarinas, donde le fue indicado que arroje el dinero y luego de marcha atrás para encontrar a su hija, lo que así

sucedió.

3. A todo esto, el fiscal en turno ordenó

la intervención de los teléfonos y la escucha directa de las comunicaciones mantenidas entre la víctima y el abonado perteneciente a su madre,

entre otras medidas (fs. 1/2).

El procedimiento de entrega del dinero fue monitoreado por personal policial. En ese trance, los oficiales S. y H. declararon que pudieron observar un vehículo que había llamado la atención de uno de sus compañeros,

identificándolo como V.F., color verde,

dominio KBC 990 (fs. 40/41 y 43/44). Al respecto el teniente L., dijo que la presencia de ese rodado le llamó la atención porque, en la intersección de Pasco y D.Á. se colocó

detrás del remís que trasladaba a O.S. y,

además, en su interior podía verse la silueta de al menos cinco personas (fs. 46/47).

Según el informe de fs. 37, el automotor pertenecía a M.A.G., domiciliado en la calle 885, nro. 3410 de La Florida, partido de Quilmes, domicilio inexistente como luego se constatara a fs. 49 y vta. Posteriormente se pudo dar con su paradero, en la vivienda ubicada en la calle 835 nro. 1522, donde residiría la esposa del mencionado G. (fs. 68/74 y 120).

Luego se pudo comprobar que se trataba de un automóvil duplicado.

4. A fs. 282/295 se agregó el informe de las operaciones realizadas con el sistema V.A.I.C.

Como resultado de ello se obtuvieron cuatro abonados telefónicos que podrían corresponderse con los utilizados en el secuestro investigado:

011-2229-3691, titular J.B.P.; 011-

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2023-9733, titular F.R.A., 011-6094-

5446, titular V.P.B. y 011-2027-

2863, titular N.R.S.M.. Se destacó

que sus desplazamientos en el día y la hora de los hechos, coinciden con los del teléfono de la víctima, a la vez de que entre sí mantienen vínculos de comunicación que los constituyen en un grupo cerrado.

En ese mismo informe se dejó constancia que esos teléfonos habrían intervenido en otros dos secuestros extorsivos ocurridos los días 9 y 15 de febrero de este año e investigados en las causas nros. 25.817 y 25.845.

En base a ese informe, el fiscal subrogante ordenó que las causas 7025, 7068 y 7122, del registro del Juzgado a quo se agreguen por cuerda. En estas causas se investigaron hechos de características similares a las de la presente.

Asimismo, requirió que el juez intervenga los teléfonos identificados, lo que así se dispuso (fs. 297/306).

4.1. En la causa nro. 7025, resultó

víctima M.I.V.. Fue secuestrada el día 9 de febrero de este año mientras circulaba por la calle de K., en Adrogué, alrededor de las 00:30 hs. de la madrugada. Mientras buscaba un lugar para estacionar, observó un vehículo de color claro que circulaba a baja velocidad delante de ella. Advirtió que esta maniobra podía ser deliberada y, por ello, dio marcha atrás, pero cuando observó que dos hombres descendieron armados del automotor y se dirigían rápidamente hacia ella, prefirió no poner en riesgo su vida y desistió de la maniobra evasiva (fs. 3/8 y vta.).

Ambos agresores se introdujeron en su vehículo, uno a cada lado de ella y emprendieron la marcha. La hicieron ubicarse en el asiento de atrás, para luego cambiarla de auto, presuntamente el que ellos conducían al interceptarla, ello porque también era chico y de color claro. Sus captores querían llevarla a su domicilio, a lo cual se opuso en razón de que sus padres son personas mayores y enfermas. A raíz de su negativa, le exigieron que llame a alguno de los contactos que figuraban en su teléfono celular, a los fines de que entreguen dinero a cambio de su liberación.

Su negativa dio lugar a que le introdujeran una pistola en la boca y le aplicaran descargas eléctricas, con una picana, en varias partes del cuerpo.

Tras dos intentos fallidos de comunicarse con personas de su agenda, llamaron a la hermana de la víctima, pero la comunicación se cortó.

Finalmente fueron atendidos por su cuñado, M.G., en el teléfono fijo de su vivienda. Le exigieron el pago de 20.000 pesos, además de notebooks, celulares y cámaras digitales.

Cuando el rescate estuvo listo, sus captores le indicaron al pagador que tome por avenida Pasco hasta una rotonda. V. dijo que en un momento determinado, ingresó un bulto al automotor, del que luego extrajeron los efectos exigidos. Luego de ello, le anunciaron que la liberarían cerca del local bailable llamado Nexo.

La liberaron en avenida Pasco a seis cuadras de su intersección con la avenida B.,

aproximadamente.

Una vez liberada, con la ayuda de su familia y su pareja, dio con la ubicación de su rodado, el cual estaba estacionado en la calle Mitre y Achupallas de T..

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Describió a quien viajara con ella en el habitáculo trasero como un hombre de entre 20 y 25

años, de tez trigueña, con cabellos rubios cortos con pequeños rulos, de contextura física robusta.

En tanto el acompañante era un hombre de 25 a 30

años, de tez morocha, gordo, de cabellos oscuros cortos y enrulados. Respecto del conductor dijo que era una persona de 25 a 30 años, de cabello lacio semi-largo castaño oscuro, de tez trigueña.

Respecto del automóvil involucrado, la denunciante dijo que era chico, de color claro y de tres puertas, con vidrios polarizados.

V. detalló todos los efectos personales que le fueron sustraídos, entre ellos,

su teléfono, documentos de su...

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