Circulo de Inversores S.A. de Ahorro P/f Determinados C/presas Eduardo Gustavo y Otro S/ Ejecucion Prendaria

Fecha de la disposición24 de Noviembre de 2009

3.3. REMATES JUDICIALES ANTERIORES JUZGADOS NACIONALES EN LO CIVIL Nº 41

El Juzgado Nacional de Primera instancia en lo Civil Nº 41, a cargo del Dr. Sebastían Picasso, Secretaría única a mi cargo, sito en Uruguay 714, Piso 1, Capital Federal, comunica por dos días en los autos caratulados 'Cons. de Prop. Av.

Santa Fé 880/82/84 c/Herrmann Erich y otro s/ ejecución de expensas' Expte. Nº 112.696/2001, que el martillero Emilio D. Figueroa, rematará en pública subasta, al contado y al mejor postor, el día 30 de noviembre de 2009 a las 11:15 hs en punto, en el salon de la calle Tte. Gral. Juan D. Perón Nº 1233, de esta Ciudad, el inmueble ubicado en Av. Santa Fé 880/82/84, entre Esmeralda y Suipacha, unidad funcional Nº 85, Piso 14, Nom. Cat: Circ. 20, Secc. 3, Manzana 28,

Par. 10, Matrícula F.R. 20-1807/85. De la constatación de fs. 467 y 468, surge que el bien se encuentra ocupado: por Sr. Herrmann Erich en calidad de propietario junto a su pareja Sra. Soria Adelaida D.N.I. 4.796.305. Posee una sup. Total de 42M, 23DM2. Se trata de un departamento perteneciente a un edificio cuya antigüedad es de 23 años, bajo el régimen de la Ley 13.512 de Prop. Horizontal, ubicado en una zona de privilegio. Es de un ambiente, con balcón a contra frente, luninoso, hall de entrada; baño completo,

Kitchenette, pisos alfombrados. Se encuentra en buenas condiciones, con deterioro en techo y pared. Base: $ 200.000- Seña 30%, Comisión 3%, Arancel Acordada 10/99 C.S.J.N 0,25. Deudas según informes producidos en autos: O.S.N.

no registra deuda fs. 570/571, Aguas Argentinas S.A. $ 7.196,78 al 21/08/09 fs. 573/574, AYSA $ 70,78 vencimientos 23/05/2009 y 18/07/2009 fs. 561, ABL. $ 4.931,97 al 11/08/2009 fs. 564/567,

Expensas $ 37.498,65 al 07/2009 fs. 555/557. El comprador deberá constituir domicilio en el radio de la Capital Federal, bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se le tendrán por notificadas en la forma y oportunidad previstas por el art. 133 del Código Procesal. Que de no oblarse el saldo de precio dentro del mes de efectuada la subasta, con independencia de la actitud que pudieran asumir las partes, este deberá oblarse con más el interés que devengue hasta el momento del efectivo pago a la tasa pasiva que autoriza el decreto 941 del PEN. Que deberá oblar el importe del precio dentro del quinto día de aprobada la subasta, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el (art. 580 Código Procesal). Atento lo resuelto por la Excma Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil fallo Plenario 'Servicios Eficientes S.A.

c/Yabra s/Ejecutivo' 'No corresponde que el adquirente en subasta judicial afronte las deudas que registra el inmueble por impuesto, tasas y contribuciones, devengadas antes de la toma de posesión, cuando el monto obtenido en la subasta no alcanza para solventarlas. No cabe una solución análoga respecto de las expensas comunes para el caso de que el inmueble se halle sujeto al régimen de la ley 13.512'. No se admite la cesión del boleto de compra-venta en estos obrados o cualquier otro negocio que importe sustituir al comprador en substa. Exhibición: 26 y 27 de noviembre de 2009 de 14 a 17 horas.

El presente edicto deberá ser...

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